Descubre cuánto tiene que pagar un autónomo en España exactamente. Analizamos la cuota de autónomos al detalle con el nuevo sistema por ingresos, y respondemos a las dudas más frecuentes.

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¿Qué es la cuota de autónomos?

 

La cuota de autónomos es el pago que realizarás de manera mensual a la Seguridad Social española por haberte dado de alta como trabajador independiente y estar registrado en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).

¿Por qué tienes que realizar este pago y para qué sirve?

Como ya sabrás, si trabajas para una empresa, una parte de tu sueldo mensual se destina a la Seguridad Social. Gracias a realizar este pago puedes disfrutar de:

  • la sanidad pública española
  • la prestación por desempleo (paro)
  • jubilación
  • baja por enfermedad
  • cese de actividad

Es decir, prestaciones propias del Estado del Bienestar español. 

Cuando eres autónomo, al no tener nómina la Seguridad Social no puede deducir de tus ingresos este importe, por lo que tienes que efectuar el pago directamente.

Ten en cuenta que esta cuota no sustituye ni es equivalente al pago del impuesto sobre la renta, una obligación con la Agencia Tributaria.

Aquí hablamos de un coste extra con la Seguridad Social, que se liquidará al terminar cada mes (normalmente el último día), a través de la domiciliación de ese pago en tu cuenta bancaria. Es decir, la Seguridad Social lo cobrará automáticamente.

 

¿Cuánto paga un autónomo al mes? Cuota autónomos 2025

 

Definir cuánto paga un autónomo cada mes se ha convertido en una tarea un tanto más compleja a día de hoy, ya que la respuesta es variable:

  • Durante el primer año de actividad, el autónomo paga una tarifa plana de 80€ al mes, ya que puede beneficiarse de esta bonificación inicial. Si del mes 13 al 24 tus ingresos no superan el SMI, la cuota seguiría quedándose fija en 80€.
  • Una vez terminado el primer año, pagará una cantidad variable y progresiva que depende de su previsión de ingresos. Es decir, los autónomos con más ingresos pagarán una cuota más alta que los autónomos con menos ingresos. 

Existen 15 tramos distintos posibles según el nivel de ingresos. Es decir, se acabó la libre elección de base de cotización: ahora se cotiza en función de lo que realmente ganas:

TRAMOS Base de cotización mínima 2025 Base de cotización máxima 2025
Base Cuota Base Cuota
Hasta 670 € 653,59 € 205 € 718,94 € 226 €
Entre 670 y 900 € 718,95 € 226 € 900 € 283 €
Entre 900 y 1.166,70 € 849,67 € 267 € 1.166,70 € 366 €
Entre 1.166,70 y 1.300 € 950,98 € 299 € 1.300 € 408 €
Entre 1.300 y 1.500 € 960,78 € 302 € 1.500 € 471 €
Entre 1.500 y 1.700 € 960,78 € 302 € 1.700 € 534 €
Entre 1.700 y 1.850 € 1.143,79 € 359 € 1.850 € 581 €
Entre 1.850 y 2.030 € 1.209,15 € 380 € 2.030 € 637 €
Entre 2.030 y 2.330 € 1.274,51 € 400 € 2.330 € 732 €
Entre 2.330 y 2.760 € 1.356,21 € 426 € 2.760 € 867 €
Entre 2.760 y 3.190 € 1.437,91 € 451 € 3.190 € 1.002 €
Entre 3.190 y 3.620 € 1.519,61 € 477 € 3.620 € 1.137 €
Entre 3.620 y 4.050 € 1.601,31 € 503 € 4.050 € 1.272 €
Entre 4.050 y 6.000 € 1.732,03 € 544 € 4.909,50 € 1.542 €
6.000 € o más 1.928,10 € 605 €

 

Al iniciar el año deberás comunicarle a la Seguridad Social cuál es tu previsión de ingresos para ese año, escogiendo uno de los tramos disponibles. 

Esa será la cantidad que se te cobrará de manera mensual. Una vez termine el año, la Seguridad Social hará el cálculo de tu previsión de ingresos vs ingresos reales, y te cobrará el excedente de cuota correspondiente en caso de haber generado ingresos superiores a los previstos.

No obstante, el nuevo sistema es más flexible: puedes cambiar de tramo hasta 6 veces al año.

Ten en cuenta que la cuota de cada autónomo este año 2025 se calcula aplicando un tipo de cotización del 31,4 % sobre la base de cotización que elijas (en tu previsión de ingresos) de entre la mínima y la máxima dentro de tu tramo.

 

Ejemplo de cálculo de cuota de autónomos 2025

 

Para entender cómo se calcula la cuota de autónomo en 2025, veamos un caso práctico basado en los ingresos reales de un trabajador por cuenta propia.

Paso 1: Calcular el rendimiento neto

 

Nuestro autónomo, persona física en estimación directa, registra los siguientes datos:

  • Ingresos totales: 24.500 €
  • Gastos deducibles: 5.300 €
  • Cuota de autónomos pagada en 2024: 310 €/mes → 3.720 €/año

La fórmula usada para calcular el rendimiento neto es:
Ingresos – Gastos + Cuota de autónomos

Cálculo: 24.500 € – 5.300 € + 3.720 € = 22.920 €

Paso 2: Aplicar la deducción por gastos genéricos

 

A esta cantidad se le resta el 7 % en concepto de gastos genéricos, según establece la Seguridad Social para autónomos persona física.

  • 22.920 € × 7 % = 1.604,4 €
  • 22.920 € – 1.604,4 € = 21.315,6 €

Paso 3: Calculamos el rendimiento neto mensual

 

Para conocer la base sobre la que se calculará la cuota, dividimos entre 12 meses:

21.315,6 € ÷ 12 = 1.776,3 €

Según la tabla de cotización de 2025 (ver arriba), este autónomo quedaría ubicado en el tramo 7, que corresponde a rendimientos entre 1.700 y 1.900 euros al mes.

Paso 4: Determinamos la cuota a pagar

 

En este tramo, si el autónomo elige la base de cotización mínima correspondiente, su cuota mensual en 2025 sería de 320 €.

Puedes encontrar un resumen del cálculo en la siguiente tabla:

Concepto Cálculo Resultado
Ingresos 24.500 €
Gastos deducibles 5.300 €
Cuotas pagadas en 2024 3.720 €
Rendimiento neto antes de deducción 24.500 – 5.300 + 3.720 22.920 €
Deducción gastos genéricos (7%) 22.920 × 7% 1.604,4 €
Rendimiento neto anual ajustado 22.920 – 1.604,4 21.315,6 €
Rendimiento neto mensual 21.315,6 ÷ 12 1.776,3 €
Tramo 2025 Tramo 7 (1.700 – 1.900 €)
Cuota de autónomos 2025 320 €/mes

 

¿Cuánto es la cuota mínima de un autónomo?

 

Actualmente, la cuota mínima se sitúa en unos 200€ al mes (sin tener en cuenta los 80€ mensuales del primer año de actividad).

Este mínimo ha venido evolucionado en los últimos años, ya que el nuevo sistema de cotizaciones por ingresos reales se desplegó de manera progresiva desde 2023 hasta día de hoy.

Así, y a modo resumen, la cuota mínima puede ser:

  • Tarifa plana: 80 € durante los primeros 12 meses para nuevos autónomos o aquellos que no han estado de alta en los últimos 2 años
  • Autónomos con ingresos más bajos: Si tus rendimientos netos están por debajo de 670 €, la cuota mínima es de 225 € al mes
  • Tramos superiores: A medida que aumentan los ingresos, la cuota también sube progresivamente, hasta llegar a los 530 € para los autónomos que ganan más de 6.000 € al mes

 

¿Cuándo hay que pagar la cuota de autónomo?

 

El pago de la cuota como autónomo se realiza una vez por mes, de manera automática.

Se trata de una obligación ineludible y de suma importancia, ya que no hacerlo (o hacerlo tarde) puede suponer importantes sanciones (como veremos en el siguiente apartado).

Así, entender cómo se paga exactamente y cuándo será clave.

Fecha de pago de la cuota de autónomos

  • Día de pago: La Seguridad Social carga la cuota el último día hábil de cada mes
  • Forma de pago: El pago se realiza mediante domiciliación bancaria en la cuenta asociada a tu número de afiliación, por lo que se cobra automáticamente

Por ejemplo, la cuota de abril se pagará el 30 de abril (o el día hábil anterior si cae en fin de semana o festivo).

 

FAQs sobre la cuota de autónomo

 

A continuacíón damos respuesta a las preguntas más frecuentes que nuestros clientes nos hacen al darse de alta como autónomos y enfrentar este pago a la Seguridad Social:

 

¿Qué pasa si hay retrasos en el pago de la cuota de autónomo?

 

Este punto es clave, pues si bien el banco donde tengas domiciliada tu cuota de autónomos rechaza el cobro o no tienes saldo suficiente, por lo que se produce un retraso en el pago de la cuota, se te aplicarán cargos automáticos:

  • 10% de recargo si pagas dentro del primer mes de retraso
  • 20% de recargo si pasa más de un mes sin pagar
  • Intereses adicionales si la deuda sigue sin saldarse

Como ves, existen sanciones importantes por estos retrasos, por lo que asegura que a final de cada mes tendrás saldo disponible para hacer frente a este pago.

 

Si estoy de baja como autónomo, ¿tengo que pagar la cuota?

 

No, a diferencia de un trabajador por cuenta ajena, los autónomos NO dejan de pagar automáticamente la cuota cuando están de baja. No obstante, esta cambia a partir de los 2 meses:

  • Durante los primeros 60 días de baja, tendrás que seugir pagando la cuota de autónomos ya que la Seguridad Social no asume el importe
  • A partir del día 61, y en caso de que tu baja médica se prolongue más de 2 meses, entonces no tendrás que pagar la cuota de autónomos y la Seguridad Social se hará cargo del importe

Dado que muchas bajas son más cortas de 2 meses, muchos autónomos se preguntan si pueden darse de baja para no pagar la cuota. Si bien esto sería posible, si te das de baja en el RETA perderás el derecho a recibir la prestación por incapacidad temporal.

Esta prestación depende de la base de cotización y del tipo de baja:

  • Enfermedad común o accidente no laboral:
    • Del día 4 al 20 cobrarías el 60% de la base reguladora
    • Desde el día 21en adelante cobrarías el 75% de la base reguladora
  • Accidente de trabajo o enfermedad profesional:
    • Desde el primer día cobrarías el 75% de la base reguladora

¿Cómo puedo optar a la cuota reducida de autónomos?

 

Para acogerte a la cuota reducida como autónomo, por la que únicamente pagarías 80€ al mes durante el primer año, debes cumplir con los requisitos siguientes:

  • Ser un nuevo autónomo o no haber estado dado de alta en los últimos 2 años (3 años si antes disfrutaste de la tarifa plana)
  • No ser autónomo colaborador, ya que esta modalidad está excluida
  • No tener deudas con la Seguridad Social o Hacienda en el momento del alta
  • Realizar el alta correctamente en la Seguridad Social y Hacienda dentro de los plazos establecidos

Para acogerte y beneficiarte de esta bonificación, únicamente tienes que pedirlo en el momento de darte de alta en el RETA, y se te aplicará automáticamente.

 

¿Qué más tiene que pagar un autónomo?

 

Además de la cuota a la Seguridad Social, existen otros 2 impuestos que deberás pagar como autónomo/a durante el año:

  • IVA. De manera trimestral deberás realizar tu declaración de IVA, pagando la diferencia entre el IVA repercutido en tus facturas (21% de manera general como extra) y el IVA soportado (el que pagas en gastos deducibles)
  • IRPF. Con la emisión de cada factura descontarás parte de IRPF (7 o 15%), y una vez termine el año, pagarás el resto en la declaración anual de la renta 

Además de esto, deberás enfrentar otros gastos, como los relacionados con tu actividad empresarial (suministros como agua o luz de tus oficinas si tienes, línea móvil, etc.) y gastos de la gestoría o contable que presente tus impuestos.

 

Si tienes dudas acerca de tus impuestos en España como autónomo o necesitas que te guiemos paso a paso para registrarte como freelance, ponte en contacto con nuestro equipo y emipeza hoy mismo:

 

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