Los impuestos son sin lugar a duda uno de los aspectos legales que más afectarán tu vida en España. Y, en este sentido, existe un concepto que condiciona todo lo demás, un concepto que define qué impuestos pagar y en qué cantidad: la residencia fiscal. Así, en este artículo te explicamos todo lo necesitas para saber si eres residente fiscal en España o no, además de las implicaciones a nivel de impuestos para cada caso.

¿Qué es la residencia fiscal?

 

Lo primero que debemos definir es el concepto de residencia fiscal, un concepto que nada tiene que ver con la residencia en España a efectos de extranjería o de permisos de residencia.

La residencia fiscal es la condición a ojos de la Agencia Tributaria que adquiere un extranjero al vivir un tiempo prologando durante el año en España y/o con intereses económicos en el país, hecho que creará la obligación de pagar una serie de impuestos y tributar a unos porcentajes determinados.

Como veremos a continuación, ser clasificado como residente fiscal o no serlo tiene consecuencias totalmente importantes; pues en muchos casos pagaremos menos cantidad de impuestos (diferentes) y menores porcentajes si no somos residentes, por lo que puede ser una alternativa muy interesante para muchos extranjeros.

¿Cuándo se considera a una persona residente fiscal en España?

Siguiendo el artículo 9 de la ley 35/2006, la Agencia Tributaria considera que una persona es residente fiscal si cumple cualquiera de las tres condiciones siguientes:

  • Que permanezca más de 183 días al año en España
  • Que tenga el núcleo de sus intereses económicos de manera directa o indirecta en España
  • Si su cónyuge o hijo residen habitualmente en España

Veamos estos tres puntos en detalle para entender qué significan exactamente.

 

Permanecer más de 183 días al año en España

 

Esta es la regla que se aplica de manera más común y la más importante (y que no debemos confundir con la regla de los 90 – 180 días).

Si al finalizar el año (contando el año natural, desde enero hasta diciembre), sumas todos los días que has estado en España y son más de 183, eres residente a efectos fiscales.

Además, no es necesario que estos días sean consecutivos, harás el cómputo de manera independientemente a ello.

Ten en cuenta que las ausencias temporales no cuentan. Es decir, si por ejemplo te vas un fin de semana fuera o te vas medio mes de vacaciones, se siguen contando esos días como plazo de tiempo vivido en España, con el mismo peso para el total de 183 días.

 

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Tener el núcleo de tus intereses en España

 

Este punto es clave, pues puede ser que estés menos de 183 días al año en España pero sigas siendo considerado residente a efectos fiscales.

¿Cuándo sucederá esto?

Cojamos, por ejemplo, la situación de un empleado que por motivos de trabajo viaja mucho por todo el mundo, y es difícil contar cuánto tiempo ha estado realmente en España, llegando a menos de 183 por año.

No obstante, como el motivo de sus frecuentes viajes ha sido promovido por parte de una empresa española con sede y todas sus oficinas en España, este trabajador tiene el núcleo de sus intereses en el territorio español.

Por ende, es residente fiscal en España.

 

Cónyuge e hijos en España

 

Finalmente, tenemos el caso en el que tanto nuestra pareja (cónyuge no separado legalmente) y/o hijos menores de edad (si la pareja los tiene) viven de manera habitual en España y dependen de nosotros.

Es la típica situación en la que padre o madre viven en España cuidando del hijo (un hijo que va al colegio en el territorio español), mientras el otro miembro de la pareja se pasa el año viajando por trabajo.

Esta situación hará que la Agencia Tributaria nos considere residente fiscales, y aunque se admiten pruebas en contra de que así sea (que pueden tenerse en consideración y ser aceptadas) será muy difícil probar que realmente no se da esta situación.

No obstante, existe una excepción que hará que sea mucho más fácil demostrar que no somos residentes fiscales en España, y que exploraremos a continuación: el certificado de residencia fiscal.

 

Obtener un certificado residencia fiscal de tu país

 

Existe una prueba que nos permite justificarnos ante la Agencia Tributaria y evitar ser considerados como residentes a efectos fiscales, evitando así el pago de muchos impuestos en el territorio español.

Una prueba emitida por parte del país de origen o en el que tenemos nuestro interés económico principal para justificar que somos realmente residentes allí, y por ende no deberíamos tributar como residentes en España.

En el caso en el que una persona pueda obtener el denominado certificado de residencia fiscal en su país, la Agencia Tributaria no considerará a esa persona como residente fiscal, por mas que esté en España los 183 días al año.

Este certificado funciona de acuerdo con la normativa del convenio de España y ese país, generado a través de un acuerdo de doble imposición.

Además, tiene una validez única y exclusivamente de un año. Esto significa que sirve para el año en el que lo solicitamos, y deberemos solicitarlo año tras año para seguir participando de esta excepción si así lo deseamos y nuestra situación aplica.

No obstante, la mayoría de países europeos tienen el mismo criterio fiscal que España, por lo que si vives en el territorio español más de 183 días lo más probable es que no te concedan el certificado.

Los certificados procedentes de países de la UE o bien los Estados Unidos suelen ser siempre aceptados por la Agencia Tributaria, aunque los procedentes de países asiáticos o de Oriente Medio suelen generar más dificultades.

 

Implicaciones fiscales según la residencia tributaria

 

Ahora que podemos entender a la perfección en qué casos seremos considerados residentes fiscales en España y en que casos no, veamos que implicaciones supone en cada caso. Básicamente, estas implicaciones tienen que ver con los impuestos que terminarás pagando en el país, y los porcentajes aplicables exactos.

 

 

Impuestos para no residentes

 

Los extranjeros y no extranjeros consideraos como no residentes en España deben pagar principalmente dos impuestos:

  • El impuesto sobre la renta de no residentes
  • El impuesto sobre el patrimonio

 

Impuesto de la renta de no residentes

 

Gracias a los convenios de doble imposición, lo más habitual es que el no residente en España tenga que pagar impuesto sobre la renta como no residente únicamente en lo que se refiere a propiedades inmobiliarias (sin tener en cuenta accione, dinero en el banco, etc.).

Así, si tienes una propiedad en España, deberás pagar este impuesto. Y encontramos dos situaciones distintas:

  • Si el piso que tienes en España está alquilado. En este caso deberás declarar de manera trimestral los ingresos sobre el aquiler, y pagarás un 19% sobre los mismos sieres de un país miembro de la Unión Europea, y 24% si no lo eres.
  • Si el piso o casa no está alquilado y lo usas cuando vienes a España (es decir, suele estar vacío), entonces no declararás nada trimestralmente. La única obligación fiscal que tendrás será anual, y deberás pagar una imputación de rentas . ¿Cómo funciona? Pagarás un 19 o 24% según tu país de origen aplicado al valor catastral del inmueble, y a eso le tendrás que multiplicar 1,1 o 2% según si el valor catastral fue revisado en los últimos 10 años o no.

En ambos casos deberás declarar tus impuestos mediante el modelo 210, que puedes encontrar aquí.

Esta situación, impuesto de la renta como no residente sobre un inmueble en España, es el caso más típico para aquellos extranjeros que tienen una golden visa.

 

Impuesto sobre el patrimonio

 

Por otro lado, si eres no residente también tendrás que pagar impuesto del patrimonio sobre aquellos inmuebles que tengas en España siempre y cuando su valor de compra sea superior a 700.000€ (aunque según tu región en España este número puede cambiar).

Ten en cuenta que únicamente se tributa o pagar el porcentaje aplicable del valor que este por encima de ese límite; es decir, a partir del euro 700.001.

Por contra, en el caso de que la cantidad sumada de todos tus inmuebles en España sea inferior a 700.000€, no deberás pagar este impuesto.

Se trata de un impuesto personal y progresivo, que va del 0,2% al 2,5% según el valor en concreto de las propiedades.

¿Y qué sucede si tienes una hipoteca? Si has hipotecado el inmueble con la finalidad de comprarlo (no para cualquier otra finalidad) podrás restar el importe pendiente de la misma del valor total.

Se paga de manera anual mediante el modelo 714, que puedes descargar aquí.

 

Impuestos para residentes

 

Finalmente, en el caso de los residentes fiscales en España, la situación se torna un poco menos favorable a nivel de impuestos.

En primer lugar, los residentes tienen que pagar impuesto sobre la renta en España por todos los ingresos y rentas generados a nivel mundial. Esto hace que su tributación total en el territorio español sea mucho más alta, pues este impuesto graba la mayor parte de las actividades, rendimientos y ganancias que obtiene el individuo.

El porcentaje exacto dependerá de cada caso particular y no es posible aplicar generalizaciones, aunque si podemos decir que se trata de un impuesto progresivo que va del 17 al 47%.

Te dejamos aquí un enlace a un artículo con toda la información sobre el impuesto de la renta para residentes.

No obstante, existe una excepción que muchos extranjeros pueden solicitar: la denominada Beckham Law. Bajo esta ley, si no has residido en España durante los últimos 10 años, podrás pagar un porcentaje fijo del 24% sobre tus rentas por más que seas residente fiscal. Encuentra toda la información, así como el proceso para solicitar esta excepción aquí.

Además, el impuesto sobre el patrimonio sigue existiendo para los residentes, aunque en este caso el límite mínimo para tener que empezar a pagarlo baja a 500.000€ en el caso de Cataluña (según la Comunidad Autónoma este límite puede diferir).

 

Recuerda que si tienes cualquier duda a nivel de impuestos o necesitas asesoramiento fiscal personalizado para saber cuándo, cómo y qué impuestos debes pagar según tu caso particular, además de las posibles deducciones y bonificaciones que te permitirán ahorrar dinero, no dudes en ponerte en contacto con nuestro equipo de abogados expertos:

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