¡Todo lo que necesitas saber sobre el arraigo laboral en España en este post! Descubre los requisitos más importantes que deberás cumplir para aplicar al arraigo, los documentos requeridos y el proceso de solicitud legal paso a paso. ¡Todo a continuación!
Puntos clave
- Qué es: una residencia por circunstancias excepcionales para extranjeros que llevan 2 años en España y tienen un contrato de trabajo; desde mayo de 2025 se llama arraigo sociolaboral.
- Qué permite: vivir legalmente en España durante un año y trabajar solo por cuenta ajena; después se puede prorrogar un año de forma excepcional, aunque suele convenir pasar a otra residencia.
- Requisitos: no tener antecedentes penales, ser de fuera de la UE, no tener la entrada prohibida, estar en situación irregular, pagar la tasa 790/052 y acreditar 2 años de permanencia continuada.
- El contrato: debe garantizar al menos el SMI (17.094 € anuales) o el salario del convenio, con 20 horas semanales de media y, si es temporal, una duración superior a 90 días.
- Cómo se solicita: online con certificado digital o con cita en la oficina de extranjería; la administración tiene 3 meses para resolver y, si no responde, la solicitud se entiende denegada.
¿Qué es el arraigo laboral (sociolaboral)?
El permiso de residencia de arraigo laboral es la residencia por circunstancias excepcionales concedida a aquellos extranjeros que llevan viviendo en España de manera continuada durante 2 años, y que además tienen un contrato de trabajo.
Tradicionalmente, esta residencia estaba destinada a los extranjeros que habían trabajado de manera ilegal en el territorio español.
Así, el arraigo laboral en España se creó con la finalidad de evitar la explotación laboral. Este tipo de arraigo era (y siempre ha sido) el premio que otorgaba la oficina de extranjería por notificar la irregularidad laboral y denunciar al explotador (que ahora podría pasar a ser sancionado).
Pero como veremos a continuación, a día de hoy el ámbito de aplicación se ha cambiado, ya que ahora solo se concede arraigo laboral a aquellos que tengan un contrato de trabajo, no a los que lleven un mínimo trabajando de manera ilegal en España.
Se trata de una tarjeta de residencia temporal que conlleva permiso de trabajo.
Es decir, el extranjero que consigue el arraigo laboral no solo puede vivir de manera legal en España durante un año, sino que también podrá trabajar, pero solo por cuenta ajena.
Una vez termine este año, se podrá prorrogar el arraigo un año de manera excepcional, pero generalmente la mejor opción es optar por una residencia de otro tipo.
Nueva instrucción sobre el arraigo sociolaboral
Hasta hace muy poco, el arraigo laboral era una figura muy poco usada.
Pues bien, para poderlo solicitar el extranjero debía denunciar a su empleador ante los tribunales (para que se iniciase una inspección laboral que finalmente confirmara que efectivamente se había producido dicha relación de trabajo de manera ilegal).
No obstante, tras la reforma del Reglamento de Extranjería con el RD 1155/2024, a partir de mayo de 2025, el arraigo laboral pasa a llamarse arraigo sociolaboral y los requisitos para aplicar cambian.
Ya no hace falta denunciar al empleador porque el requisito fundamental no es demostrar una relación laboral anterior, sino un contrato de trabajo que demuestre que se iniciará una relación laboral a posteriori.
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Requisitos para el arraigo sociolaboral
A continuación analizamos el listado de requisitos específicos que deberás cumplir para poder solicitar con éxito tu permiso de residencia por el arraigo laboral (sociolaboral).
Como verás, muchos de ellos son comunes y compartidos con el resto de autorizaciones de residencia por circunstancias excepcionales.
¿Cuáles son estos requisitos?
Requisitos generales
Los requisitos generales para el arraigo laboral en España son:
- Carecer de antecedentes penales tanto en España como en el resto de países en los que se haya residido en los últimos 5 años (así como en tu país de origen)
- Ser ciudadano de fuera de la Unión Europea
- No tener la entrada prohibida a España
- Encontrarse en situación irregular (es decir, sin un permiso de residencia válido y en vigor)
- Haber pagado la tasa correspondiente (790/052)
Además de estos 5 requisitos, encontramos 2 con especial importancia y que caracterizan de manera principal a este tipo de arraigo: la permanencia continuada en el país y la capacidad de acreditar la relación laboral.
Veámoslos.
Permanencia continuada en España
Será fundamental poder demostrar que has permanecido durante un mínimo de 2 años en España de manera continuada.
Este plazo de tiempo debe ser inmediatamente previo a la fecha de solicitud (es decir, no puede pasar tiempo entre medio).
Además, la palabra continuada cobra gran importancia aquí. Pues el plazo de residencia debe darse sin ausencias prolongadas (aunque el reglamento permite que abandones el país por un plazo no superior a los 3 meses (90 días) en total durante todo el periodo).
¿Cómo puedes demostrar esta permanencia?
Básicamente, a través de documentos oficiales emitidos por la administración pública en los que claramente se vea la fecha de la emisión de los mismos y tu nombre.
Hablamos de documentos emitidos por el ayuntamiento (como el volante de empadronamiento), por los servicios de salud (como justificantes médicos de la Seguridad Social), aunque facturas o envíos de dinero también serían documentos válidos.
Aquí cuanto más puedas aportar, ¡mejor!
Relación laboral
Finalmente, el requisito más importante para solicitar la residencia mediante el arraigo sociolaboral en España es acreditar que tienes un contrato laboral que te permitirá integrarte en España tras la concesión de la residencia.
En este caso, el contrato será válido si:
- Garantiza al menos el salario mínimo interprofesional (actualmente 17.094 € anuales; SMI 2026) o el salario establecido en el convenio colectivo aplicable
- Establece una jornada semanal no inferior a veinte horas en cómputo global. Esto quiere decir que, por ejemplo, si en unas semanas trabajas 30 h y en otras 15 h, basta con que el promedio supere las 20 h
Puedes aportar más de un contrato de trabajo si cumples los siguientes requisitos adicionales:
- Si se realizan trabajos de naturaleza estacional relacionados con actividades de temporada
- Si se trabaja parcialmente y de manera simultánea para más de un empleador
Finalmente, si el contrato es de duración determinada, deberá ser siempre superior a 90 días.
Las prácticas de carácter formativo no estarían aquí incluidas y no serían válidas para esta autorización.
¿Cómo solicitar arraigo laboral en España?
Una de las principales ventajas del arraigo sociolaboral es que, frente al antiguo sistema, ya no exige denunciar al empleador ni acreditar meses de trabajo pasado: basta con presentar un contrato de trabajo válido junto al resto de la documentación.
Tienes dos opciones para solicitar esta autorización de residencia:
- La recomendada es enviar toda la documentación de manera online (necesitarás un certificado digital), una opción mucho más rápida y cómoda.
- Si no dispones de certificado digital, siempre puedes pedir cita previa y acudir a la oficina de extranjería más cercana.
Una vez mandes todos los documentos, extranjería dispone de 3 meses para emitir una resolución. Si tras este plazo no recibes una respuesta, tu solicitud se considerará rechazada por silencio administrativo negativo.
Una vez tengas tu resolución, deberás acudir con ella a la oficina de extranjería a solicitar tu TIE (la tarjeta de residencia física que contiene tu NIE y tipo de residencia).
Documentación exigible
¿Qué documentos deberás incluir en tu solicitud para el arraigo laboral en España? Los siguientes:
- Modelo EX-10, que puedes descargar aquí
- Pasaporte y copia del mismo
- Certificado de antecedentes penales (traducido legalmente y apostillado)
- Pago de la tasa correspondiente, modelo 790-052
- Documentación acreditativa de la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de dos años
- Contrato o contratos de trabajo con las características exigidas
- Copia del NIF de la empresa
- Acreditación de que la empresa garantiza la solvencia necesaria
- Copia de la documentación que acredite la capacitación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión
Novedad 2026: puedes empezar a trabajar antes de la resolución
Desde la reforma del Reglamento de Extranjería por el Real Decreto 316/2026, en cuanto tu solicitud de arraigo sociolaboral es admitida a trámite, no hace falta esperar a la resolución final.
Quedas habilitado provisionalmente para trabajar por cuenta ajena con la empresa que figura en tu contrato.
Esto evita que el proceso de tres meses de espera te haga perder la oferta de trabajo que motivó la solicitud.
Dado que ambas opciones son adecuadas para el extranjero que lleva cierto tiempo viviendo en España, muchas personas tienen dudas acerca de cuáles son las diferencias entre el arraigo social y el sociolaboral.
Y la verdad es que son figuras totalmente distintas.
Uno de los requisitos que diferencia ambas opciones es que el arraigo social exige demostrar una integración con la sociedad española, bien mediante la relación familiar directa con un residente legal en España, bien mediante un informe favorable de integración social.
Como hemos visto, eso no es algo que el arraigo laboral exija.
Finalmente, el arraigo social no exige un contrato de trabajo, aunque sí permite trabajar tanto por cuenta propia como por cuenta ajena.
Si todavía tienes dudas y te gustaría que nuestro equipo de abogados expertos en extranjería te asesore sobre qué camino es mejor y cómo solicitar tu residencia paso a paso, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.
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