Existen muchas situaciones en la vida de una pareja que se ven totalmente afectadas por el tipo de relación legal que mantengáis. Impuestos, tener hijos, las pensiones, la ruptura…

Es entonces que entender qué es mejor para vuestros intereses será fundamental, pues escoger una vía de regulación u otra puede suponer diferencias muy importantes. Entonces, ¿qué es mejor, constituir una pareja de hecho o matrimonio?

Para que puedas responder esta pregunta de manera clara, en este post analizaremos tanto las diferencias como las similitudes entre la unión civil y casarse al detalle

¿Qué es mejor, el matrimonio o la pareja de hecho?

 

El matrimonio y la unión civil son dos tipos de instituciones legales que regulan una relación de pareja en relación al gobierno en España. En este sentido, hay muchas diferencias y similitudes entre ambas alternativas, y determinar qué es lo mejor para ti dependerá de tu situación específica y de vuestros intereses como pareja.

Es por eso que en este post estamos analizaremos los puntos más importantes para que comprendas lo que implica cada tipo de relación legal.

Tanto la pareja de hecho como el matrimonio están regulados por el derecho de familia en España.

Y ambas opciones te beneficiarán para protegerte a nivel legal en gran cantidad de ocasiones, por ejemplo al tener hijos.

Además, te darán la posibilidad de regular toda la parte económica de la relación, lo cual es algo que realmente recomendamos.

Si planeas enfrentarte a un evento importante en los próximos meses o años, como comprar una propiedad con tu pareja, comenzar a vivir juntos o tener hijos; elegir una opción u otra es algo que deberías considerar hacer.

Pero la pregunta que debemos responder ahora es, ¿cuáles son las principales diferencias entre la pareja de hechos y el matrimonio y cómo pueden afectar mi decisión?

Principales similitudes entre casarse y la pareja de hecho

 

Como acabamos de ver, ambas opciones tienen algunos aspectos legales compartidos, así como importantes diferencias que debemos considerar.

Comenzaremos con los puntos en común.

 

1. Pensión de viudedad

 

Una vez que has obtenido tu estatus legal otorgado por parte de la autoridad correspondiente, se te otorgará el derecho a recibir la pensión de viudedad en caso de fallecimiento de tu pareja.

Eso es algo que se da a los matrimonios justo después del momento de la constitución, pero la legislación competente exige ciertos requisitos adicionales para las parejas de facto.

Para obtener la pensión de viudedad, la unión civil debe haberse constituido dos años antes del fallecimiento y ambos miembros deben haber vivido juntos durante 5 años, como mínimo.

En el caso del matrimonio no se exige periodo mínimo de relación, a menos que la muerte se haya producido por enfermedad común.

En ese caso será necesario acreditar que el matrimonio llevaba vigente, por lo menos, 1 año.

2. Adopción conjunta

 

En ambos casos podrás adoptar un niño. Y, con algunos de los cambios que se aplicaron recientemente en España, a día de hoy las parejas de hecho homosexuales también tienen el derecho de embarcarse en el proceso de una adopción conjunta.

3. Medidas en caso de ruptura

 

Ambos miembros de la relación disfrutarán de los mismos derechos y obligaciones en relación a sus hijos comunes en caso de una ruptura familiar.

Muchas personas tienen dudas acerca de este punto y dudan entre un tipo de relación u otra por las consecuencias que esto puede tener para sus hijos.

No obstante, no hay ninguna diferencia práctica, las obligaciones como padres son idénticas en ambos casos.

Como nota adicional, no es más fácil casarse después de tener un hijo: los requisitos siguen siendo los mismos.

4. Ambos son medios para conseguir la residencia en España

 

Una vez hayas constituido tu pareja de hecho o matrimonio, conseguir la residencia en España será muy sencillo. 

¿Por qué? Pues porqué ahora que la relación afectiva está oficialmente registrada, y siempre y cuando uno de los dos miembros no sea europeo, podrá conseguir su tarjeta de residencia como familiar de ciudadano comunitario Europeo.

Así, bajo la óptica de la ley de extranjería, no existe diferencia entre elegir unión de hecho o matrimonio.

Ambos son caminos igualmente válidos para conseguir la autorización de trabajo y residencia legal en el país. 

No obstante, y como veremos en el siguiente apartado, si habría importantes diferencias de cara a conseguir la nacionalidad española si has conseguido tu tarjeta comunitaria con una vía

o con  la otra.

 

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Principales diferencias entre la unión civil y el matrimonio

 

Si bien pueden ser muy similares en muchos aspectos e implicar los mismos derechos, constituir una pareja de hecho o un matrimonio en el territorio español presenta algunas diferencias. Comprender estas discrepancias será clave en tu viaje para definir lo que mejor se adapta a sus necesidades actuales.

1. Diferencias en el reglamento

 

Esta es una de las principales diferencias ya que es la que determina todas las demás.

La unión civil y el matrimonio no están regulados por los mismos códigos y leyes en el territorio español. Mientras que el matrimonio está regulado por una ley estatal, el Código Civil español; la pareja de hecho obedece a las leyes de la comunidad autónoma en la que te encuentres y la registres. 

Por ejemplo, las uniones civiles en Barcelona y Cataluña están reguladas por el Código Civil catalán.

Esto tiene muchas implicaciones importantes ya que, dependiendo de dónde vivas, el matrimonio puede ser más beneficioso que la unión de hecho. Por este motivo te recomendamos que te pongas en contacto con nosotros para analizar tu situación y determinar cuál es el camino que mejor se adapta a tu caso particular.

Si vives en Cataluña, te sugerimos que leas el Código Civil, ya que solo tiene 2 páginas y explica claramente todas las obligaciones que tendrá cada integrante de la pareja una vez que quede registrada.

¿Por qué recomendamos esto?

Pues porque hay muchas condiciones que te pueden sorprender, como la necesidad de que uno de los dos miembros proporcione alimentos al otro si este último no está trabajando actualmente.

2. Proceso de constitución

 

La diferencia en términos del proceso de constitución te puede interesar en gran medida, especialmente si eres un expatriado o extranjero que vive en España.

Básicamente, constituir una pareja de hecho es mucho más simple y rápido que constituir un matrimonio.

Tomará tan solo 15 minutos en la notaría constituir tu Pareja de Hecho, mientras que puede tomar de 1 a 6 meses para finalmente tener tu matrimonio registrado.

Y, como hemos mencionado, los extranjeros pueden tenerlo mucho más complicado, porque la autoridad competente requerirá de ellos muchos documentos de su país de origen.

Si quieres ahorrar tiempo y que tu pareja se constituya rápidamente… opta por la unión civil.

Sin embargo, es cierto que el matrimonio solo requiere el consentimiento de ambos miembros en la notaría (y con 2 testigos) para poder proceder. La pareja de hecho, además, podria exigir que tú y tu pareja hayáis vivido juntos por un periodo mínimo de tiempo (que puede ser de 1 o 2 años, por ejemplo, según la comunidad autónoma).

De todos modos, te dejamos aquí una guía completa para que sepas, paso a paso, como contraer un matrimonio mixto.

3. Pago de impuestos

 

Uno de los principales beneficios del matrimonio y que una unión civil no te otorgará es la posibilidad de realizar una tributación conjunta.

Es decir, la posibilidad de realizar la declaración de la renta juntamente con tu cónyuge.

Esto seguramente te ahorrará mucho tiempo, tanto a ti como a tu pareja (además de ofrecer otras ventajas fiscales).

Por otro lado, si constituyes una pareja de hecho, ambos miembros deberéis declarar vuestros impuestos de forma individual y por separado.

4. Compensación en caso de ruptura

 

¿Qué pasa si ambos miembros deciden que la relación ha terminado?

En ese caso, y si la relación constituida era un matrimonio, el miembro desfavorable de los dos tendrá el derecho de compensación de la contraparte. En el 100% de los casos.

En el caso de una unión civil, solo algunas regiones han inscrito en sus códigos civiles este derecho, por lo tanto, no todas las comunidades autónomas lo aceptan.

En aquellas regiones en las que no existe un derecho de compensación preestablecido, será un juez el que deberá acordar el derecho de compensación durante un juicio (siendo en este caso un proceso mucho más largo y tedioso, que suele terminar en una no concesión).

5. Herencia

 

En la situación en que se ha constituido el matrimonio, existe un derecho implícito a la herencia.

Por el contrario, las uniones civiles no disponen de este derecho de manera intrínseca.

Es por eso que si has formalizado tu pareja de hecho y quieres asegurarte que tu pareja recibe una herencia en caso de fallecimiento, deberás dejar constancia mediante la redacción de un testamento.

Pero debes tener en cuenta que la recepción de la herencia supone pagar el impuesto sobre sucesiones y donaciones.

En ese sentido, el porcentaje exacto (así como las bonificaciones) variará dependiendo de si has constituido matrimonio o unión civil. 

 

6. Beneficios laborales

 

 

¿Qué sucede durante los días después de casarte o haber registrado tu pareja? ¿Tenéis derecho a vacaciones para celebrarlo?

En el caso del matrimonio si. Disponéis de dos semanas (15 días) de vacaciones. 

Pero el caso contrario no es tan favorable.

Si habéis constituido una unión civil en España... no tenéis derecho a hacer vacaciones; a menos que el convenio laboral aplicable especifique lo contrario.

7. Terminación de la relación

 

¿Cuando se da por terminada la relación afectiva?

En el caso del matrimonio, se da por terminado cuando uno de los cónyuges fallece; o bien transcurridos los tres primeros meses tras el divorcio pedido por uno de los dos miembros de la relación

Lo importante aquí es tener en cuenta que ambos miembros de la relación deben dar su consentimiento para que el matrimonio efectivamente se termine.

En cuanto a la pareja de hecho, la situación es un tanto diferente; pues es mucho más sencillo terminar esta relación contractual. 

Se dará por terminada la unión civil en los siguientes supuestos:

  • Por fallecimiento
  • De común acuerdo (únicamente hay que notificarlo al registro)
  • Decisión de uno de los miembros (a diferencia del matrimonio, aquí tan solo hace falta la voluntad de uno de los dos miembros)
  • Separación física si uno de los miembros se empadrona en otro municipo o provincia

 

8. Régimen económico

 

Únicamente al elegir una de las dos opciones podrás regular de manera explícita el régimen económico con tu pareja.

Es decir, determinar cómo se distribuirán exactamente vuestras posesiones y ganancias en términos de propiedad legal.

En España existen dos regímenes económicos posibles: el de separación de bienes y el el de bienes gananciales.

Y si bien es cierto que en el matrimonio podréis escoger entre uno y otro, en la pareja de hecho no existe esa opción, aplicándose la separación de bienes (por la que todos los bienes y deudas adquiridos por parte de cualquier miembro de la relación quedarán como posesión individual).

 

9. Nacionalidad española

 

Tal y como hemos comentado en el apartado de similitudes, las tipologías de relación a nivel legal son igualmente válidas para conseguir la tarjeta comunitaria. 

No obstante, si lo que quieres es solicitar la nacionalidad española te enfrentarás a una importante diferencia.

Pues si has conseguido tu residencia ya que te has casado con un ciudadano o ciudadana español, entonces podrás solicitar la nacionalidad española por residencia únicamente tras un año viviendo en España de manera legal; es lo que se conoce como nacionalidad por matrimonio.

Esto no es así si te constituyes a través de pareja de hecho, lo que haría que tuvieras que esperar el tiempo general (sin reducción temporal), que puede ser de 2 años para los países latinoamericanos (además de Portugal, Guinea Ecuatorial, Filipinas), y 10 para el resto.

 

Estas han sido las principales diferencias entre ambos caminos legales. Como puedes ver, no hay una opción mejor que la otra, y elegir un matrimonio en lugar de una unión civil dependerá únicamente de tu situación actual y de lo que más valores.

Para cualquier otra duda concreta con respecto a alguno de estos puntos, no dudes en poner en contact con nosotros, ¡estaremos encantados de ayudarte!

 

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