Tanto si acabas de recibir tu resolución de nacionalidad y es favorable como si estás esperando a la misma o vas a presentar tu expediente, sigue leyendo. Pues en este artículo descubrirás cómo funciona (al detalle) la última fase del proceso: la jura de nacionalidad española. Analizamos cómo funciona y dónde se hace exactamente, cuánto tiempo tienes para hacerla una vez recibas tu resuelto favorable, qué preguntas te harán el día de la cita, y consejos legales que te serán de gran utilidad para completar el proceso con éxito.

¿Qué es la jura de la nacionalidad?

 

Una vez recibas la concesión de nacionalidad española de manera favorable, vas a tener que realizar todavía un último paso para completar el proceso: jurar o prometer el respeto a la Constitución española y a sus leyes.

Se trata de un proceso muy sencillo y que no te generará ningún tipo de problema, pero que requiere seguir de manera formal los pasos que veremos en este artículo.

Tienes dos maneras distintas, pero igualmente válidas, de  formalizar este respeto por el ordenamiento jurídico:

  • O bien puedes jurarlo
  • O bien puedes prometerlo (en este último caso no habría una connotación religiosa asociada).

Pero, de nuevo, ambas opciones a nivel legal son equivalentes.

A través de este trámite te inscribirán por primera vez en España como nacionales a través de la partida de nacimiento; y, según tu país de origen, va a ser el momento en que debas renunciar a tu nacionalidad de origen para poder adquirir la española (si no puedes mantener la doble nacionalidad).

Así, una vez recibas la resolución conforme te han concedido la nacionalidad española favorablemente, lo que deberás hacer de inmediato (y ahora entenderás porqué tan rápido) es solicitar cita para esta última fase del proceso.

Y eso es algo que se puede realizar en dos ubicaciones diferentes.

 

 

¿Dónde se realiza la jura?

 

Actualmente existen dos opciones o ubicaciones diferentes para realizar la jura de nacionalidad:

  • En el Registro Civil más cercano
  • Ante notario o en el consulado español

Si bien es cierto que tradicionalmente únicamente se podía realizar este trámite en el Registro Civil, recientemente se incorporó la posibilidad de hacerlo ante notario, algo que puede ser muy ventajoso debido a las largas esperas que supone pedir cita en la primera opción.

Así, realizar la jura ante notario puede ser tu mejor alternativa (especialmente si vives en una ciudad grande).

Te dejamos aquí un artículo en el que te detallamos cómo funciona paso a paso el proceso de la jura en notario.

Para que entiendas el funcionamiento, deberás primero acudir al Registro Civil más cercano para pedir cita, y ahí te darán un día específico para hacerlo. No obstante, es cierto que actualmente muchos registros civiles tienen habilitada una plataforma online para que puedas solicitar dicha cita.

¿Y puedo pedir cita en cualquier Registro Civil de España? No. Tendrás que hacerlo en el que te corresponda según el municipio en el que estés empadronado/a en el momento de recibir la resolución de nacionalidad.

Es decir, si cuando solicitaste la nacionalidad y presentaste tu expediente vivías en un municipio pero entre dicha presentación y la resolución te has mudado, el municipio de referencia será este último (en el que vives en el momento de recibir la notificación).

 

¿Cuándo debo realizar la jura? Plazos

 

Esto es muy importante: tienes un plazo dude 180 días para pedir cita y realizar la jura, tiempo que empieza a contar desde que te conceden la nacionalidad.

Aquí debemos remarcar que hasta que no recibas la resolución de nacionalidad de manera oficial no puedes iniciar este proceso de juramento.

Es decir, ver el “resuelto favorable” en cómo va lo mío no es suficiente para poder realizar la jura.

Así, deberás respetar al máximo este plazo de 6 meses; pues sobrepasarte en el mismo supondría la pérdida del trámite y de tu derecho a ser ciudadano/a español/a (pues tu expediente pasaría al estado “archivado” y con ello tu nacionalidad).

Por ende nuestra recomendación es que lo hagas con tiempo y pidas cita lo más rápido posible;  pues muchos registros civiles (especialmente los de las grandes capitales como Madrid o Barcelona) están saturados y pueden tardar en darte cita.

Aunque, si has solicitado tu cita de manera inmediata y te la concede para después de esos 180 días, no habría problema, pues ya dispondrías de la cita y sería justificación suficiente.

 

¿Tienes dudas? Pregunta lo que sea a nuestros abogados expertos en nacionalidad, o sigue leyendo este artículo para más información:

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Documentos que deberás aportar el día de la cita

 

Durante el día de la jura, ¿qué documentos deberás llevar contigo?

Principalmente los siguientes:

  • Resolución favorable de nacionalidad española y su acuse de recibo
  • Pasaporte, que debe ser el original y debe estar en vigor
  • Tarjeta de residencia, debe estar en vigor (no puedes encontrarte en situación irregular) o resguardo si estás en medio de una renovación
  • Certificado de empadronamiento
  • Certificado de nacimiento (el mismo que usaste en la solicitud de nacionalidad)
  • Certificado de antecedentes penales (legalizados o apostillados)
  • Hoja declaratoria de datos, documento en el que se recoge información básica como nombre, apellidos o lugar de nacimiento

Es importante mencionar que certificado de antecedentes panelas y certificado de nacimiento son dos documentos que no deberías aportar si presentaste tu expediente de nacionalidad a través del Registro Civil. Únicamente si lo hiciste por vía telemática los deberás volver a aportar de nuevo en la jura.

 

¿Qué se hace el día de la jura y cuánto dura?

 

En contra de lo que muchos tienden a pensar, el proceso de la jura es un trámite muy simple y fácil.

El día que te toque por cita acudir, vas a tener primero que entregar tu resolución favorable de ciudadanía, para que el funcionario a cargo pueda verificar la validez de la misma.

Una vez verificado, te harán dos preguntas muy simples (que veremos en el siguiente apartado), y con eso te inscribirían en el Registro Civil ya como ciudadano español a través de tu partida de nacimiento.

A nivel de tiempos, lo más habitual es que el proceso termine ese mismo día, y la jura per se no dure más de unos 30 minutos.

No obstante, también es posible que el proceso quede dividido en dos partes ya que el funcionario mande el expediente a otro funcionario y se finalice en unos días o semanas. 

 

¿Qué preguntas hacen en la jura de la nacionalidad?

 

El proceso de promesa de nacionalidad gira entorno a dos preguntas clave que vas a tener que responder de manera favorable.

De manera más concreta, el día de la jura te preguntarán:

  • Si juras el respeto al ordenamiento jurídico español y a su constitución
  • Si aceptas renunciar a tu nacionalidad de origen (solo si es necesario ya que no puedes mantener doble nacionalidad)

¡Y ya está!

 

¿Qué pasa después de la jura de nacionalidad?

 

Una vez completes el trámite de la jura de nacionalidad y te hayan inscrito en el Registro Civil como español a través de tu partida de nacimiento, el siguiente paso será pedir cita en la comisaría de policía para conseguir tu DNI y pasaporte español.

Aquí tienes el link para pedir cita

Además, vas a tener que solicitar el certificado de concordancia para poder cambiar tu nombre con las diferentes instituciones en las que estabas inscrito en España; un trámite muy importante y que muchos extranjeros (ahora españoles) olvidan.

Pues en todas las instituciones en las que te has ido registrando durante tu vida en España como extranjero antes de conseguir la nacionalidad lo has hecho con tu nombre tal y como aparece en tu documento original. Y, en muchas ocasiones, al inscribirte en el Registro Civil español como nacional del país, pueden cambiar el nombre de tus apellidos, añadirse el segundo apellido si no lo tenías, etc. 

Así, deberás realizar esta verificación de identidad conforme sigues siendo la misma persona, pero ahora con tus datos tal y como aparecen en tu DNI o pasaporte español.

 

Diferencias entre jura y prejura

 

Finalmente es importante entender que el proceso podría estar dividido en 2, especialmente si realizas el tramite en un Registro Civil con gran afluencia: la prejura y la jura.

¿Cómo funciona en este caso el proceso?

En la prejura se recogen una serie de datos clave para el día de la jura, la hoja informativa que hemos visto en el apartado de documentos.

Hablamos de información clave para tu inscripción en la partida de nacimiento; y lo harás firmando una declaración de toma de datos, especificando cuál es tu nombre, apellidos, lugar de nacimiento, nombre de tus padres, etc.

Una vez terminada esta primera fase, tendrá que volver otro día al Registro Civil para realizar la jura y responder a las 2 preguntas necesarias que hemos visto antes, ahora si dando por finalizado el completo.

 

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