¡Tenemos grandísimas noticias! La gran reforma del Reglamento de Extranjería está cada vez más cerca. Y gracias a que ya tenemos el borrador de la misma, ya podemos contarte las grandes novedades y ventajas que va a suponer para ti como extranjero.
A continuación en este post analizamos todos los cambios que tendremos una vez se implemente esta nueva reforma del reglamento.
Analizamos los nuevos permisos de residencia que se crean, aquellos que dejarán de existir o que sufren cambios, las nuevas facilidades en proceso de solicitud y muchas otras novedades que debes conocer.
Sigue leyendo y descubre la respuesta a todas estas preguntas y más.
¿Cuándo entra en vigor la nueva Ley de Extranjería 2024?
Es importante aclarar que la nueva reforma afectará al reglamento de inmigración, no a la ley de extranjería. La ley sí no ha cambiado, y esta actualización está vinculada específicamente con la reciente reforma.
Por lo tanto, lo que se está modificando no es la ley en sí, sino más bien las normas o pautas de inmigración que desarrollan los principios de la ley de extranjería. No obstante, lo cambios van a ser notorios y afectarán sin duda a la forma en la que muchos extranjeros se establecen en España.
Las diferentes reformas en el reglamento de extranjería que hemos tenido en los últimos años han sido sin duda altamente positivas.
Nuevas ventajas, nuevos procedimientos, y mayores facilidades para emigrar al territorio español.
La nueva reforma de 2024 tiene como objetivo unir los cabos sueltos de la reforma de 2022 y establecer una base más simple y concreta para la inmigración en España.
A continuación veremos en qué consistirán exactamente los nuevos cambios que están por venir en materia de migraciones.
Ten en cuenta que aún no sabemos exactamente cuándo se implementará y nada está decidido de manera definitiva.
Objetivos de la nueva reforma de reglamento de Extranjería 2024
La rueda de prensa en la que Elma Saiz, Ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones anunciaba la nueva reforma, supuso un influjo de positivismo para la comunidad de extranjeros.
Durante la misma, la Ministra definía dos objetivos principales para estos cambios.
El primero es mejorar, aumentar y proteger aún más los derechos de los extranjeros en el país.
El segundo, simplificar y hacer más eficiente todo el proceso de inmigración mediante la reducción de procesos innecesarios.
Veámoslos en más detalle.
Simplificación de procedimientos
Actualmente, existen bastantes tipos de permisos de residencia en España, algunos de los cuales tienen requisitos o procesos muy similares, lo que resulta en superposiciones, redundancias e ineficiencias.
Esto conlleva a períodos de espera más largos y mayor dificultad para obtener el permiso de residencia.
Por lo tanto, las autoridades proponen simplificar y reducir los tipos de autorizaciones de residencia para facilitar las cosas para todos.
Esto también podría implicar la derogación de varios artículos bajo la regulación.
Dado que la reforma tiene la intención de crear mejores formas u opciones para mudarse a España con facilidad y hacer que los requisitos sean más flexibles, para que menos personas caigan en situaciones irregulares.
Esto iría en línea de la Directiva Europea para la creación del permiso único, que pretende unificar el proceso de obtención de permisos de residencia eliminando trabas y redundancias burocráticas.
Protección de los derechos de los extranjeros
Con esta reforma, no solo debería mejorarse la situación del extranjero en España, sino además se pretende modificar la directiva que regula la residencia de larga duración.
¿De qué forma?
Mejorando los derechos de los residentes a largo plazo y de sus familias. Esto lo vemos, por ejemplo, con la nueva tarjeta para familiares de españoles (que ahora analizamos con mayor detenimiento).
¿Cuándo sale el nuevo reglamento de extranjería?
Antes de entrar a analizar todos los cambios y novedades de la nueva reforma, vale la pena responder a esta pregunta. Pues todavía no sabemos la fecha exacta en la que el nuevo reglamento de extranjería entrará en vigor.
A día de hoy disponemos del borrador, publicado por parte del gobierno.
Este borrador deberá sufrir modificaciones, ser ampliado y matizado.
Una vez 100% completado, será publicado en el BOE (Boletín Oficial del Estado). Una vez allí, veremos el plazo que se establece para que entre finalmente en vigor, que podría ser de pocas semanas o de algunos meses.
No obstante, lo más sensato es pensar que este nuevo reglamento y todos los cambios que supondrá se harán efectivos hacia final de este año 2024.
Aún así, el borrador del que ya disponemos (que puedes leer aquí) arroja muchísima luz y podemos ya entender la gran mayoría de cambios que vamos a tener.
Veámoslos en detalle.
Todos los cambios de la reforma del reglamento
A continuación analizamos, uno por uno, los grandes cambios que el reglamento experimentará una vez entre en vigor esta gran reforma:
Creación del arraigo sociolaboral
La primera gran noticia es que se crea un nuevo tipo de arraigo, el sociolaboral.
Este arraigo reune las mismas condiciones que el tradicional arraigo social, con la diferencia que reduce los años requeridos en situación irregular de 3 a 2.
El requisito principal será disponer de uno (o varios) contratos de trabajo, que paguen como mínimo el Salario Mínimo Interprofesional.
¿La ventaja principal? No se exige el tan temido informe de integración social (como sí sucede en el arraigo social); lo que flexibiliza muchísimo el procedimiento.
Pero existe una desventaja.
Para solicitar este arraigo sociolaboral, únicamente podremos hacerlo en aquellos casos en los que se encuentre una oferta de empleo. Lo que significa que si queremos realizar la solicitud con medios propios o por cuenta propia deberemos seguir usando la figura del arraigo social.
No obstante, para los extranjeros en situación irregular que lleven 2 años en el país y no hayan podido encontrar una oferta de empleo tendremos una solución. El arraigo socioformativo.
Cambios en el visado de estudiante
Con el objetivo de formar talento extranjero en España a través de la formación, retenerlo y mejorar su empleabilidad; el visado de estudiante sufre grandes cambios.
En primer lugar, las personas que vengan a España para cursar estudios superiores, no tendrán que renovar cada año (como sucedía hasta ahora) su estancia por estudios. Pues disfrutarán de una autorización que cubrirá la totalidad de los estudios directamente.
Si bien esto es una gran novedad ya que se flexibiliza mucho este trámite, será necesario comunicarle a la Oficina de Extranjería que se mantienen los requisitos iniciales, a través de la matrícula del nuevo curso.
Si seguimos hablando de la renovación, en el borrador también encontramos que los cursos de idiomas (y los voluntariados) solo podrán renovarse por un año más.
Pero eso no es todo: otro gran cambio viene de la mano de la solicitud y el plazo de espera. Una vez entre en vigor esta reforma, se entenderá que si tras un mes de haber presentado la solicitud este visado no se recibe respuesta, ésta quedará estimada por silencio administrativo positivo.
Otro bloque en el que encontramos diferencias tiene relación con los familiares.
Pues se podrá solicitar la autorización para acompañar al estudiante por parte de los familiares tanto desde el Consulado español como desde España. Y los hijos nacidos de estudiantes adquirirán, de manera automática, la autorización de estancia para familiares de estudiante.
Y, finalmente, este nuevo visado de estudiante mejora las posibilidades de pasar a permiso de trabajo al final los estudios.
¿Cómo?
A través de la habilitación de un sistema de vía rápida para que puedan trabajar desde el primer momento.
Es decir, se les permitirá a los estudiantes seguir trabajando tanto por cuenta ajena como por cuenta propia si ya contaban con contrato o estaban dados de alta como autónomos. Y si no lo estaban, adquirirán una autorización temporal para que puedan seguir haciéndolo hasta la resolución.
Esto significa que, en todos los casos, los estudiantes no tendrán que preocuparse por dejar de trabajar y dejar de ganar dinero una vez que terminen sus estudios y esperen una resolución positiva.
Además, si los estudios fueron de menos de un año, los estudiantes que soliciten un permiso de trabajo recibirán uno por un año. Sin embargo, si los estudios fueron de más de un año, el permiso de trabajo sería por cuatro años.
El arraigo para la formación se convierte en arraigo socioformativo
No solo cambiará su nombre. Después de una introducción en el reglamento que no ha terminado de cumplir con sus objetivos, el arraigo para la formación se transforma en arraigo socioformativo con grandes novedades (y ventajas).
La esencia de esta autorización sigue siendo la misma: conseguir una autorización para cursar en España un curso de formación profesional siempre y cuando se lleve 2 años en situación irregular.
Pero encontramos importantes diferencias.
Con este arraigo evolucionado, podremos trabajar hasta 20 horas semanales.
Se amplia el abanico de cursos posibles, permitiendo formaciones que sean hasta 50% online, y se añade a los niveles 2 y 3 el nivel 1 de formación profesional.
Además, podrán solicitarlo aquellos extranjeros que no solo se comprometan a matricularse en un curso, también los que ya lo estén, o incluso los que hayan iniciado la formación.
Y, por si no fuera poco, se podrá extender por un segundo año también si el extranjero demuestra que está en búsqueda activa de empleo o si existen relaciones laborales previas (además de los anteriores motivos de haber suspendido o que el programa del curso se extienda por dos años).
Y si bien hasta aquí todo son buenas noticias, el arraigo socioformativo trae consigo una importante desventaja. Pues se incluye como requisito la necesidad de presentar el informe de inserción social, algo que puede hacer el proceso mucho más tedioso.
Nueva tarjeta de residencia para familiares de españoles
Otra de las grandes novedades tiene que ver con la forma en la que los familiares de ciudadanos españoles podrán conseguir su permiso de residencia.
Pues se unifica el procedimiento (antes dividido en arraigo familiar y tarjeta comunitaria), en uno único con una nueva autorización de residencia, también de 5 años, para todos estos casos.
Una gran ventaja es que se amplia el número los familiares que pueden acogerse a esa autorización. Además, cambian los límites de edad por los que es necesario demostrar que se vive a cargo: 26 años para descendientes, y 80 para ascendientes.
Pero eso no es todo.
Este permiso viene con otras dos grandes ventajas. Una de ellas es que los extranjeros que la consigan tendrán derecho, a su vez, a la reagrupación familiar.
Y por otro lado, en el momento en el que presentes la solicitud adquirirás derecho a trabajar de manera temporal. Es decir, no tendrás que esperar los 3,4, 5 o incluso 6 meses que podría tardar tu resolución para empezar a hacerlo.
Finalmente, gracias a esta tarjeta se mejora el modo de acreditación de los requisitos económicos, haciendo más sencillo la forma en la que poder acreditar que se disponen recursos para acoger al familiar. ¿Cómo? Incluyendo más citeriors y posibilidades aceptadas, como por ejemplo disponer de un patrimonio estable.
Nuevo arraigo de segunda oportunidad
Muchos solicitantes de asilo sufrieron los cambios que se produjeron hace pocas semanas y que les impedía solicitar el arraigo laboral.
Pues bien, la reforma del Reglamento trae consigo una solución: el arraigo de segunda oportunidad.
¿Quién podrá solicitarlo?
Todos aquellos extranjeros que lleven viviendo en España 2 años y cotizando con su autorización de trabajo como solicitante de asilo por lo menos durante 6 meses (en jornada completa o por lo menos 30 horas semanales).
Además, también la podrán solicitar todos aquellos extranjeros que hubieran trabajado por lo menos durante 6 meses (con una autorización diferente al arraigo social), y que se encuentran en situación irregular (y no por disponer de antecedentes penales o policiales).
Si bien este mínimo de 6 meses será el caso, general, también se podrá conseguir esta autorización acreditando:
- 6 meses de trabajo en una jornada de 20 horas semanales si se tienen menos a cargo
- 9 meses de trabajo con una jornada laboral semanal que, de media, haya supuesto más de 20 horas, pero menos de 30
- 1 año con una jornada laboral semanal que promedie más de 15 horas, pero menos de 20
Y, si hablamos de actividad profesional por cuenta propia, ésta deberá ser, como mínimo, de 6 meses.
Modificaciones sobre el permiso de trabajo
El permiso de trabajo, una de las vías más reclamadas por parte de la comunidad extranjera, también sufre importantes cambios.
Pues disfrutaremos de mejoras en cuanto a la regulación de actividades de temporada vinculadas a la protección e los derechos de los trabajadores. Entre ellas, se facilitará la contratación (por ejemplo favoreciendo las contrataciones colectivas).
En ese sentido, se prevé la creación de un visado para la búsqueda de empleo, que podría ser pedido desde país de origen con el que podrían venir a España y, durante 6 meses, buscar trabajo para pasar después a permiso de trabajo regular.
¿Quién podría beneficiarse de este visado?
Los hijos y nietos de españoles de origen. Y, además, el resto de extranerjos para determinadas ocupaciones y ámbitos territoriales que requieran trabajadores (pensemos en la lista de escasez y los puestos de difícil cobertura, que se ajustan según las comunidades autónomas).
Este catálogo de difícil cobertura pasará a regularse y adatparse por Comunidades Autónomas (y no por provincias) para intentar reflejar y actualizar la realidad de las necesidades de trabajadores del territorio español.
¿Regularización masiva en 2024?
Siempre que hablamos de reforma de extranjería el concepto de regularización vuelve a popularizarse.
Esto es así ya que en el pasado, todas las reformas han venido acompañadas de regularizaciones que han adoptado diferentes formas.
Así, una posibilidad es que con la nueva reforma del reglamento de este 2024 tengamos una regularización masiva de extranjeros.
Esto supondría que aquellos extranjeros en situación irregular que lleven cierto tiempo en el país dispondrían de un procedimiento extraordinario para conseguir su residencia legal (probablemente si encuentran antes un contrato laboral).
Todavía no sabemos si llevarán a cabo esta regularización masiva bajo esta reforma y cómo las autoridades la ejecutarán.
Si bien es cierto que hace unos meses entró al Congreso una propuesta de regularización que será votada pronto, no tenemos ninguna confirmación y todo son especulaciones por ahora.
A medida que tengamos más noticias sobre la reforma de 2024, continuaremos manteniéndote informado/a con la información más completa.
¡Sigue revisando este blog para ver cómo la nueva reforma afectará y mejorará su vida como extranjero en España!
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