Una de las mayores novedades en el borrador del nuevo Reglamento de Extranjería ha sido la aparición de un nuevo tipo de residencia por circunstancias excepcionales: el arraigo sociolaboral.

¿En qué consiste exactamente esta nueva residencia? ¿Cómo se podrá conseguir? ¿Cuáles van a ser los requisitos?

En este artículo te contamos todos los detalles, así que sigue leyendo para no perderte nada. 

Nos basaremos en lo dispuesto en el borrador publicado por parte del gobierno, que ya de antemano te avisamos podría sufrir grandes modificaciones. Pero si te gustaría entender de qué modo esta nueva figura podría ayudarte a regularizar tu situación de manera mucho más fácil, ¡sigue leyendo!

 

¿Qué es el nuevo arraigo sociolaboral?

 

El arraigo sociolaboral es una nueva autorización de residencia por circunstancias excepcionales que sería concedida a aquellos extranjeros que lleven 2 años en España de manera irregular y encuentren una (o varias) ofertas de trabajo.

Hasta ahora, para poder regularizar tu situación con contrato de trabajo existía la figura del arraigo social, quizás el arraigo más popular.

Esta residencia exigía, además de una oferta de trabajo con unas mínimas condiciones, haber estado en España en situación irregular por lo menos durante 3 años.

Pues bien, con esta nueva figura del arraigo sociolaboral, este tiempo se vería reducido a tan solo 2 años; lo que supone una gran ventaja para la comunidad extranjera al reducir en 365 días el requisito temporal.

¿Sustituye entonces al arraigo social?

Pues la respuesta es no.

En el borrador de la reforma del reglamento de extranjería únicamente se hace mención a este arraigo por cuenta ajena.

Es decir, no se habla de la opción de conseguirlo por cuenta propia. Te contamos más detalles sobre todos los cambios previstos en este artículo.

Por lo tanto, y en principio, solo se reduce a 2 años el periodo previo a la solicitud si tienes contrato de trabajo.

Para tramitar el arraigo por cuenta propia, o bien con fondos propios, entonces recurriríamos al arraigo social convencional a los 3 años.

Así, si no quieres esperar estos 3 años pero no has encontrado una oferta de trabajo, la mejor alternativa será el también nuevo arraigo socioformativo. Éste te permitirá regularizar tu situación inscribiéndote en un curso de formación profesional, ¡y además trabajar hasta 20 horas semanales!

 

Requisitos del arraigo sociolaboral

 

A continuación te detallamos todos los requisitos que aparecen en en borrador de la Reforma del Reglamento para el arraigo sociolaboral.

Pero es muy importante recalcar que, por un lado, simplemente se trata de un borrador, y lo más seguro es que sufra muchos cambios.

Por lo tanto, lo que leerás a continuación es simplemente algo orientativo, y que deberemos esperar para poder sacar conclusiones fundamentadas.

No obstante, a continuación vemos los requisitos de este nuevo arraigo:

  • En primer lugar, encontrarse en España en situación irregular
  • Haber permanecido en el territorio español por lo menos 2 años anteriores a la solicitud
  • Disponer de uno (o varios) contrato/s de trabajo, que deberán pagar como mínimo el salario mínimo interprofesional (SMI) o lo establecido en el convenio colectivo
  • También se podrán aportar varios contratos a tiempo parcial, siempre que sumen un mínimo de 20 horas semanales
  • Se podrán presentar dos o más contratos con distintos empleadores, siempre y cuando estén concatenados y estén dentro del sector agrario
  • Cumplir el resto de requisitos generales, tales como el pago de la tasa correspondiente al trámite, y no figurar como rechazable en el territorio español y aquellos con los que España tenga firmado un convenio

Como ves, y solo por ahora, no se exige el muchas veces complicado informe de arraigo, como sí sucede en el arraigo social. Por lo que estaríamos viendo una agilización en cuanto a los requisitos.

Pero, de nuevo, tendremos que esperar al texto definitivo para ver cómo evolucionan estos requisitos y cómo quedan perfilados.

Pues en el borrador quedan muchos puntos pendientes a tratar y que podrían cambiar radicalmente el contexto de este nuevo permiso.

 

¿Cuándo entrará en vigor?

 

Viendo las grandes ventajas que podría suponer el arraigo sociolaboral, muchos extranjeros se preguntan cuándo entrará en vigor de manera definitiva (si realmente lo termina haciendo). 

En ese sentido, cabe pensar que este nuevo arraigo podría entrar en vigor a finales de este año 2024.

No obstante, es algo que no sabemos a ciencia cierta, y deberemos esperar. Esperar tanto a ver cómo evolucionan los requisitos de este nuevo permiso, y en qué momento está disponible.

Y si bien podemos llegar a pensar que esta figura del arraigo sociolaboral se mantendrá, ésta podría sufrir grandes cambios y modificaciones.

Te iremos informando de cualquier novedad en nuestro blog y redes sociales.

Hasta entonces, y si necesitas asesoramiento legal personalizado, nuestros abogados de extranjería están a tu completa disposición.

 

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