¿Te gustaría traer a tus familiares a España contigo? Pues gracias a la reagrupación familiar es totalmente posible. En este artículo no solo encontrarás a qué familiares puedes traer exactamente, sino que además analizamos qué requisitos se deben cumplir en cada caso y cómo funciona el proceso legal al detalle.
Así que si te gustaría saber cómo reagrupar a tu pareja, ascendientes, descendientes u otros familiares… ¡sigue leyendo!
¿Qué es la Reagrupación Familiar?
La reagrupación familiar es el procedimiento legal de inmigración mediante el cuál cualquier ciudadano extranjero que vive en España con su permiso de residencia renovado puede traer a sus familiares al país con él o ella. De esta forma, puede concederles de forma fácil una autorización de residencia y trabajo. Te lo explicamos de forma más sencilla a través de este vídeo:
Así, la reagrupación familiar es el proceso mediante el cuál un ciudadano no Europeo trae a España a otro ciudadano no Europeo. No obstante, también existe la reagrupación familiar comunitaria. Esta se aplica cuando la persona que reside en el territorio español es nacional de un país de la Unión Europea. Analizaremos este caso más adelante.
Aunque analizaremos todos y cada uno de los requisitos al detalle en esta guía, hay uno que es de especial importancia.
Con la primera tarjeta de residencia que obtienes una vez que has aterrizado en España no vas a poder iniciar este procedimiento. Tampoco se puede solicitar la reagrupación familiar con la tarjeta obtenida a través de cualquier proceso de arraigo.
Solo podrás solicitar el visado para tu familia una vez que hayas renovado tu permiso de residencia.
¿Qué significa esto? Básicamente, que este procedimiento se crea únicamente para aquellos ciudadanos que ya han vivido en España durante un año. Aquellos individuos que obtuvieron su permiso de residencia por cuenta ajena o por cuenta propia tras renovación, los cuáles pueden vivir legalmente en España en el que será su segundo año.
Nueva Ley para la reagrupación familiar en España
En régimen general, este procedimiento está regulado por la Ley 4/2000 de extranjería y por el Decreto Ley 557/2011.
Pero había una nueva ley de reagrupación familiar en España: en el caso de que el reagrupante sea miembro de un país de la UE, el proceso se rige por el real decreto 240/2017.
Lo que establecen estas regulaciones es que puedes traer a tu familia a España bajo un estatus legal, lo que les permitirá vivir y trabajar en el país sin necesidad de solicitar ningún tipo de permiso de residencia adicional.
¿Tienes dudas? Pregunta lo que sea, nuestros abogados te responden de inmediato:
¿Qué familiares se pueden reagrupar en España?
Una vez tenemos claro si estamos en posición de reagrupar o no, el siguiente paso es saber a qué familiares es posible reagrupar.
Como extranjero que tiene un permiso de residencia en el país, puedes solicitar el visado de residencia de reagrupación familiar para:
- Tus padres
- Tu cónyuge o pareja de hecho
- Los padres de tu cónyuge/pareja de hecho (tus suegros)
- Tu hijo o hija siempre y cuando sean menores de 18 años
- Los hijos de tu cónyuge/pareja de hecho (los hijos putativos)
A continuación veremos de qué forma traer a cada uno de estos familiares a España. Según el miembro de la familia se exigirá unos documentos u otros, por lo que los iremos viendo en cada apartado.
Reagrupación familiar de padres
Empezamos por el caso más complejo de los tres: traer a tu padre o madre a España.
¿Por qué es el más complicado? Porqué nacen una serie de requisitos extra que deberás cumplir:
- En primer lugar, para reagrupar a tus padres debes disponer de una tarjeta de larga duración. Esto significa que debes haber estado viviendo en España durante al menos 5 años, en lugar de la regla habitual de reunificación de un año
- En segundo lugar, es importante que el ascendiente de primer grado tenga más de 65 años. Los ascendientes de primer grado también se aplican a los padres de tu cónyuge (es decir, tus suegros). Solo necesitas validar la relación con tu pareja (por ejemplo, presentar un certificado de matrimonio)
- En tercer lugar, debes demostrar que te haces cargo del ascendiente y que dependen económicamente de ti. Esto se demuestra mostrando que, durante el último año, les has transferido fondos o que has cubierto sus gastos por al menos el 51% del producto interior bruto per cápita anual de su país de residencia
- Cuarto, y lo más básico, debes demostrar que son tus padres mediante un certificado de nacimiento
Cómo traer a mi esposo o esposa
Es totalmente posible (y un poco más sencillo que el caso anterior) reagrupar a tu cónyuge o a tu pareja de hecho.
En el caso de que se trate de tu cónyuge con quien te has casado, deberás presentar un certificado de matrimonio.
Si te has casado más de una vez, debes justificar el matrimonio actual mediante la convivencia conjunta, pensión al cónyuge actual y a los hijos. También debes proporcionar una resolución judicial que explique la situación de tu matrimonio anterior y de los hijos.
En el caso de una pareja de hecho, la unión debe estar registrada en el Registro Civil, y tendrás que presentar el certificado de registro.
Además, deberéis demostrar que no se trata de una unión de conveniencia. Con esta finalidad, debes acreditar, por ejemplo, el empadronamiento conjunto o contrato de alquiler en el que ambos estéis inscritos.
También deberás presentar una declaración jurada de que no convives con otro cónyuge o pareja.
Así, como puedes ver, tanto matrimonio como la unión civil son dos opciones totalmente viables para conseguir la residencia en España. ¿Cuál es mejor? Aquí te dejamos un artículo en el que tratamos las principales diferencias entre ambos tipos de relaciones conyugales.
Cómo reagrupar a hijos
Finalmente, el tercer grupo de familiares que puedes reagrupar: tus hijos.
En el caso de niños adoptados, es tan simple como proporcionar pruebas de la adopción.
Lo más importante a tener en cuenta es que el niño no puede tener más de 18 años. El certificado de nacimiento será de nuevo el documento probatorio.
Esto también se aplica a los niños menores de 18 años que estén legalmente representados por ti, siempre que las condiciones no contradigan las del sistema legal español.
Los niños mayores de 18 años que tienen discapacidades y no pueden satisfacer sus propias necesidades pueden ser reunidos si se proporciona la documentación de respaldo.
Si eres madre o padre soltero, deberás demostrar que ejerces la autoridad parental única y que se te ha otorgado la custodia. Si no es así, debes demostrar que el otro progenitor autoriza que su hijo se traslade a España.
Reagrupación Familiar en Régimen Comunitario
Existe un caso especial que debemos tener en cuenta, en el que la persona que desea traer a su familia a España ya es un ciudadano español o europeo. Es decir, estamos hablando de la reagrupación familiar comunitaria, la cuál tiene ciertas peculiaridades. Aunque comúnmente recibe este nombre, realmente se trata del permiso como familiar de comunitario.
Este proceso no debe confundirse con el proceso de reagrupación familiar. En primer lugar, este requiere que la persona que vive en España tenga nacionalidad española o de la Unión Europea; mientras que la visa de reunificación familiar solo requiere que la persona que vive en España sea residente legal y que haya vivido un año en el país, independientemente de la nacionalidad.
Bajo del Régimen Comunitario, las condiciones y requisitos en referencia a qué familiares podemos traer a España son un poco más laxos. Podrás reagruparles con algunas diferencias que te favorecerán.
En primer lugar, porqué tus familiares conseguirán la tarjeta comunitaria; y no una autorización de residencia y trabajo regular.
Además, si quieres que sean tus hijos o los hijos de tu cónyuge los que se unan a ti, la edad máxima permitida se extiende, en este caso, hasta los 21 años (frente al límite de 18 años que mencionamos en el apartado anterior).
Ahora puedes ya entender completamente la importancia y los beneficios de obtener la nacionalidad española. Pues podrás traer a toda tu familia (hijos hasta 21 años) y a tu familia extensa siempre y cuando puedas mantener a esa persona económicamente.
Si ha vivido en el país durante los años suficientes con tu permiso de residencia, te recomendamos firmemente que solicites la nacionalidad española. ¡El esfuerzo tendrá su recompensa!
Requisitos para la reagrupación familiar
Veamos ahora cuáles son los principales requisitos para traer a tu familia a España como extranjero.
Nacionalidad del reagrupante
Recalcamos que la reagrupación familiar está diseñada para ciudadanos no Europeos exclusivamente. En caso de ser de un país miembro de la UE o EEA o de Suiza, deberás acogerte al visado como familiar de comunitario.
Periodo mínimo de residencia en España
Únicamente podrás iniciar el procedimiento legal cuando hayas vivido de forma legal durante un año en España con tu permiso de residencia, y lo hayas renovado por primera vez.
Además, debes ser residente en España. No es posible realizar el proceso si resides en cualquier otro país.
Medios económicos
La parte monetaria es uno de los requisitos más importantes para este procedimiento. En este caso, habrá que demostrar que el reagrupante tiene fondos o medios suficientes para mantener al reagrupado una vez entre a España; y que el reagrupado ni dispone de medios suficientes para vivir sin la ayuda económica del reagrupante.
¿Cómo hacerlo?
En primer lugar veamos que pasa con el reagrupante (extranjero en España). Debemos asegurarnos de que los medios que acreditamos ante la Oficina de Extranjería sean estables a lo largo del tiempo. Esto es, debemos demostrar que tendremos esta fuente de ingresos, al menos, durante el año siguiente (completo) al proceso de solicitud. Así, deberás aportar:
- Si tienes un permiso de trabajo porcuenta ajena, deberás presentar el contrato más las seis últimas nóminas. La última declaración de la renta también será necesaria
- Si trabajas por cuenta propia, se requiere la declaración del impuesto de sociedades
- Demostrar la posesión de un 150% del IPREM para el primer familiar. En el caso de reagrupar a más de uno, deberás añadir un 50% a dicha cantidad por familiar extra
- El informe de vida laboral, que lo concede la Seguridad Social
- La última declaración de la renta (IRPF)
Advertencia. Si tu contrato de trabajo caducará en un mes, no intentes solicitar la reunificación familiar. ¿Por qué? Porqué, como hemos indicado, es necesario acreditar estabilidad. Así, tu contrato de trabajo debe durar, como mínimo, un año más (preferiblemente si es de carácter indefinido).
Así, para demostrar que el reagrupado depende económicamente del reagrupante:
- Se deben aportar cuentas bancarias en las que claramente se vean ingresos mensuales por parte del reagrupado hacia el reagrupado, conforme se encarga de su manutención y gastos diarios
- Enseñar como el extranjero en España le paga cualquier tipo de gasto. Por ejemplo, si queremos reagrupar a un hijo, demostrar como el padre (el que le reagrupará), le paga la universidad o escuela
El miembro de la familia que se une al reagrupante en España puede utilizar las prestaciones sociales, como la seguridad social, para acreditar los medios mínimos que debe poseer para su mantenimiento.
Circunstancias especiales relacionadas con los medios económicos
Existen dos situaciones en la que es posible evitar el requisito de los medios económicos.
Hablamos de los casos en los que la la reagrupación involucra a menores y no se alcanza la cantidad requerida para los medios económicos.
En estos casos, el requisito puede reducirse de la siguiente manera:
- En el caso de la reunificación de menores y si la cantidad requerida no se cumple, el residente español puede demostrar una fuente de ingresos estable igual o mayor al Salario Mínimo Interprofesional
- Si este Salario Mínimo Interprofesional no se cumple, se requerirá el 110% del monto de ingresos garantizados del Ingreso Mínimo Vital anualmente para el menor reunido. Luego, por cada menor adicional, se requerirá un 10% adicional
Vivienda adecuada
Otro requisito que la oficina de extranjería analizará será la vivienda en la que el reagrupado empezará a vivir. En ese sentido, deberemos demostrar que dicha vivienda reúne las condiciones suficientes para que ambos miembros (y demás personas que habiten en esa casa) vivan de forma digna y con unos mínimos garantizados.
¿Cómo lo puedes demostrar? Tendrás que pedir un informe de vivienda adecuada al ayuntamiento de la ciudad o pueblo en el que vives.
Entre otras cosas, dicho informe tiene en cuenta lo grande que es la casa, cuánta gente vive en ella, el estado de la misma, cuántas habitaciones tiene, etc.
También deberás proporcionar un contrato de alquiler o propiedad para esta vivienda.
Demostrar el vínculo de parentesco
Como es lógico, otro de los requisitos es demostrar que el familiar que traemos a España es realmente familiar nuestro. Hemos ido viendo ya cuáles son dichos documentos específicos según el familiar. Pero para resumir, los dos documentos más habituales son el certificado de nacimiento (para traer a hijos y padres); y el certificado de matrimonio (para cónyuge).
Seguro médico privado
En los casos en los que no trabajas, se requiere seguro médico privado con cobertura total en el territorio español, sin carencias ni copagos, para el reagrupado
Si trabajas, no haría falta. Pues ya dispone de Seguridad Social, incluyendo a marido/mujer o hijos.
Otros requisitos
Finalmente, existen otros requisitos generales (y presentes en cualquier otro procedimiento de extranjería) de obligado cumplimiento:
- No disponer de antecedentes penales durante los últimos 5 años
- No te puedes encontrar en situación irregular en el territorio español
- La persona a reagrupar debe encontrarse en el país de origen en el momento de iniciar el trámite
¿Cuál es la documentación necesaria que deberé aportar para conseguir esta residencia?
Al igual que con cualquier otro permiso de residencia, proporcionar la documentación correcta será crucial para una solicitud exitosa. Si deseas traer a un familiar a España a través del proceso de reunificación familiar, deberás aportar los documentos que vemos a continuación.
Para hacerte las cosas más sencillas, los hemos dividido en las tres fases del proceso. En el momento en el que el extranjero en España inicia el trámite en la oficina de extranjería, deberá aportar:
- Copia del pasaporte
- Copia del permiso de residencia
- Fotocopia del pasaporte del familiar que deseas traer a España
- Documento que acredite el vínculo de parentesco
- Información de vivienda adecuada
- Documentación acreditativa de los recursos económicos suficientes
- Seguro de salud privado
- Modelo EX-02 rellenado
- Tasa pagada (Modelo 790)
Debes tener en cuenta que no necesitas certificar legalmente ninguno de los documentos en España. La certificación legal de los documentos debe ser realizada únicamente por el miembro de la familia que será reagrupado en su país de origen.
En cuanto a la solicitud el visado en el consulado español en el país de origen, el reagrupado deberá aportar:
- El formulario de solicitud de visa nacional
- Pasaporte
- Antecedentes penales, debidamente legalizados o apostillados
- Certificado médico que demuestre que no padece ninguna enfermedad grave reconocida en el reglamento y que imposibilitaría la entrada
- Documentación que acredite los vínculos familiares con el reagrupante
Una vez el extranjero entra a España con su visado, para obtener la TIE o tarjeta de residencia , el solicitante debe llevar consigo:
- Fotos de carné (en color)
- Documento que acredite que se ha pagado la tarifa correspondiente para el trámite
- Modelo EX-17 rellenado
Proceso legal paso a paso
Revisemos ahora el proceso legal, paso a paso, que tanto tu (reagrupante) como el miembro de la familia que se unirán a ti (reagrupado) deberéis seguir.
Pero antes respondemos a una de las dudas más frecuentes.
¿Qué tiempo tarda la reagrupación familiar?
Tal y como veremos detallado a continuación, el proceso de reagrupación familiar, de principio a fin, tarda entorno a los 4-5 meses. No obstante, el periodo exacto dependerá de lo mucho que tardemos en preparar y reunir toda la documentación; y de cuánto tardemos en conseguir cita con extranjería.
Solicitando el informe de vivienda adecuada
El residente español primero debe dirigirse al ayuntamiento de la ciudad donde vive, algo que se hace después de reservar una cita.
En ese día, solicitará la visita de un trabajador público para que el ayuntamiento pueda evaluar si la vivienda cumple con las condiciones mínimas para que vivan juntos.
Después del día de la visita, el ayuntamiento emitirá un certificado, llamado «informe de vivienda adecuada», confirmando esas condiciones adecuadas.
Este documento es esencial para el siguiente paso.
El residente en España inicia el trámite en la Oficina de Extranjería
Tú, como la persona que ya tiene el permiso de residencia y trabajo en España debe ser quien inicie el procedimiento. Iniciarás el proceso de solicitud con la Oficina de Extranjería local, o en línea a través de la Plataforma Mercurio si tienes un certificado digital.
¿De qué manera? Deberás presentar toda la documentación que hemos visto anteriormente. Pero recuerda, en este paso inicial, no es necesario certificar legalmente estos documentos. Con una copia de los originales bastará.
No obstante, ten en cuenta que debes pagar la tasa de administración mencionada previamente antes de presentar los documentos.
En un plazo de 45 días a partir de la entrega de la documentación recibirás una respuesta. Si ese no es el caso, y no se recibe respuesta durante ese período de tiempo, el procedimiento se considerará como denegado (debido al silencio administrativo).
Si, por contra, la respuesta a la solicitud es positiva (de eso es de lo que nos encargaremos en Balcells Group), la persona que traemos a España (cónyuge, hijos, padres) van a disponer de 2 meses para solicitar su visado.
El extranjero en el país de origen solicita su visado en el consulado español
¿Dónde solicita el visado? En el consulado español situado en su país de origen. Aquí es donde todos los documentos sí deben estar legalmente certificados.
Deberemos incluir el informe favorable con respuesta positiva que el extranjero en España recibió en extranjería.
El consulado enviará una respuesta en un plazo de 2 meses. Una vez que se recibe la respuesta, el solicitante tiene dos meses para obtener la visa. En el caso de ser menor de 18 años, será un representante legal el encargado de dicha recogida.
Consecución de la TIE o tarjeta de residencia
Después, con el visado recogido, el familiar que empezará a vivir en España (reagrupado) tendrá 3 meses para viajar al territorio español. Una vez que aterrice, él o ella tiene únicamente un mes para solicitar el TIE (en la Oficina de Policía).
Este es un paso muy sencillo en el que se debe presentar un formulario de solicitud, junto con el pago de la tarifa correspondiente. La policía tomará las huellas del extranjero y, después de aproximadamente 30 días, la tarjeta de residencia estará lista para recoger.
¿Cuánto tiempo tarda la reagrupación familiar?
El proceso para finalmente obtener la visa de reagrupación familiar es bastante largo y puede extenderse durante varios meses. Para darte una visión general, puede durar entre 4 y 12 meses. Si desglosamos el proceso en pasos:
- Obtener el informe de vivienda adecuada lleva de 3 a 4 meses (aunque a veces puede ser un poco más rápido)
- Una vez que el residente español presenta la solicitud, pasarán alrededor de 3 meses hasta obtener una respuesta positiva
- Con la resolución en mano, el familiar que viene a España reservará una cita en el Consulado y, después de 1 mes (aunque generalmente tiende a ser menos tiempo), obtendrá la visa para viajar a España
- Una vez en España, el proceso para registrar las huellas dactilares y obtener la tarjeta de residencia física puede extenderse hasta 1 mes adicional
Entonces, como puedes ver, estamos frente a un proceso largo, que podría acelerarse dependiendo de la situación de cada institución local.
Cómo renovar este visado
La autorización de residencia y trabajo que conseguiremos bajo este proceso nos permitirá vivir durante un año en España. Pero, si al terminar éste queremos seguir en el país, deberemos renovar el permiso de residencia (no el visado).
La renovación se realiza en la oficina de extranjería que corresponda según la región en la que vivas (dentro de España). Y se hace durante los 60 días antes de la caducidad de la tarjeta y los 90 días después de su expiración. Por lo que debes tener esas fechas muy presentes.
¿Bajo qué requisitos? Básicamente debemos demostrar que todos los requisitos que se pedían para la solicitud inicial todavía se mantienen.
Tras pedir cita con extranjería y presentar la documentación para la renovación, tendrán 3 meses para emitir una respuesta. En el caso de no recibir ninguna pasado ese plazo, la solicitud se entenderá aprobada por silencio administrativo positivo.
Abogados reagrupación familiar para extranjeros
Traer a tus familiares a España es realmente simple. Pues ahora ya conoces los requisitos que deberás cumplir y bajo que condiciones puedes traer a tus padres, hijos u otros familiares.
Sin embargo, el proceso legal puede ser un poco complejo, especialmente en lo que hace referencia a todos los documentos que deberás completar. Es por eso queremos ayudarte. Nuestro equipo de abogados de extranjería ha ayudado a más de 1000 clientes en todo el mundo a iniciar su nueva vida en España. Y nos gustaría ser los encargados de facilitar este proceso a tu familia.
Por lo tanto, si está dispuesto a solicitar la reagrupación familiar y traer a tus familiares a España, deja que seamos tus abogados de inmigración de confianza. Gestionaremos todo el procedimiento legal por ti, paso a paso, para que no tengas que preocuparte por nada. ¡Te ahorraremos tiempo y dinero!
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hola quiero traer à mi madre à espana 2 o 3 meses que tengo que hacer
gracias
Hola Nadia,
Siempre y cuando cumpláis los requisitos previstos (depende económicamente de ti, tu tienes trabajo bajo contrato legal y fondos económicos suficientes, etc.), puedes traerla mediante la tarje como familiar de comunitario.
Si necesitas ayuda para este proceso legal, no dudes en mandarnos un mail a [email protected], ¡nuestro equipo de abogados de extranjería estará encantado de ayudar!
Como podría ir a españa con mi hija española menor de edad por reagrupación familiar
Hola Francis,
En primer lugar haría falta que alguno de los miembros de la familia que hemos comentado en este post estuvieran ya en España. Para trasladaros directamente al país sin tener ningún familiar en ese sentido no podríais usar el proceso de la reagrupación familiar.
Hola soy de Cuba yo quiero saber que tiene que aser mi esposo en España para aserno la reagrupación a mi que soy su esposa y a su 2 hijas pero el es residente espero su respuesta..
Hola Madiley,
Tu marido deberá presentar toda la documentación requerida en la oficina de extranjería. Una vez obtenga respuesta positiva podríais solicitar el el visado en el Consulado español ubicado en Cuba.
Si necesitáis ayuda para que gestionemos el procedimiento legal, ¡no dudes en contactar con nosotros!
Qué clase de seguro tiene que poseer el reagrupado?
Hola Ángel,
En caso de que el reagrupante trabaje en España, al contribuir en la Seguridad Social no haría falta seguro médico. No obstante, si no es así, seguro médico sin carencias ni copagos.
Hola tengo cojido una cita en Guayaquil Ecuador para mi esposa hijo visado comunitario pero tengo mis dudas en presentar los papeles ya que no echo todavía inscribir el matrimonio aquí en España.no se si sin eso pueda solicitar o m denegaran por ese motivo gracias por orientarme
Hola Alonso,
En caso de registrar el matrimonio para realizar el trámite exclusivamente, será denegado. Es importante demostrar cierto tiempo de matrimonio para una solicitud exitosa.
Hola, quisiera traer a España a mi hermano su esposa y su hija, yo tengo NIE como esposo de un comunitario, trabajo y vivo en España desde hace 2 años, existe la posibilidad de traerlos.
Hola Harold,
No, no sería posible desafortunadamente.
Queria saber por donde van los expedientes de reagrupación familiar. Yo entregue los papeles en extranjeria el día 02-07-2019. Pero me aparece que sigue entramite y quería saber por donde van por que nes están mirando si es posible. Gracias y Saludos.
Hola Yusera,
Actualmente estamos viviendo un retraso muy importante que afecta a gran cantidad de expedientes, con lo que es habitual la tardanza.
Hola puedo reagrupar a mi mujer y madre en un solo proceso?
Hola Abel,
Se trata de solicitudes distintas, cada una requiriendo unos documentos concretos.
Hola buenas noche
Quiero traer mi pareja, tenía un contrato indefinido en otro trabajo en julio 29 2019 me despedieron y me ido de vacaciones el mes de agusto y el mes de setiembre y octubre los te go trabajado en otra empresa pero cobraba menos de los 1000€ y el mes de noviembre lo tengo en otra empresa el que estoy ahora tengo todos los trabajos seguidos y ahora tengo un contrato de trabajo determinado.
Quieria saber si por todas las nóminas que tengo de otros trabajos y de este trabajo y este contarato que tengo puedo hacer los trámites de reagrupación?
Hola Ibrahim,
Siempre y cuando puedas demostrar el 150% del IPREM y el contrato actual sea como mínimo de un año vista, sí.
Hola yo estoy en españa y soy Argentina,mi esposo es de la UE ,mi pregunta es si si o si me piden apostillado del certificado de matrimonio ? Y que mas debo presentar en extranjeria ?
Cualquier documento extranjero incluido en la solicitud en el consulado deberá estar debidamente legalizado o apostillado. En cuanto a los demás documentos, los podrás encontrar todos detallados en este mismo artículo.
Buenas tarde mi esposo es cubano y es bisnieto de españoles q debemos hacer para obtener la ciudadanía españla
Hola,
Si su esposo cumple uno de los 4 supuestos que la Ley de Bisnietos prevee, podrá conseguir la nacionalidad. Posteriormente, usted debería solicitar el permiso de residencia como familiar de comunitario (de su esposo). Si quiere que les guiemos paso a paso en todo el procedimiento legal mándenos un mail a [email protected]!
Quiero reagrupar a mi esposo que está en Cuba, pero según artículo que encontré dice que debo tener contrato indefinido yo e trabajado consecutivamente pero en 2 empleos me sirve para la reagrupación, Saludos
Hola Deisy,
Deberás aportar las 6 últimas nóminas y un contrato de trabajo como mínimo de un año hacia adelante. Para cualquier otra duda estamos a tu disposición.
Tengo un hermano el y yo llegamos el año 2001 hasta hoy 2019.estamos aquí en españa mi madre y somos 3 hermanos el más pequeño nació en españa por lo es español también mi madre y yo el hermano mayor,pero el mediano no tiene documentación y vive aquí en españa y esta estudiando.tambien tiene dos ciclos hechos ya estudiado me gustaría saber cómo le podríamos ayudar para conseguir la reagrupación dicha persona ya tiene 30 años.
Hola Gabriel,
Si su madre es española de origen (no se ha nacionalizado), su hermano puede pedir el arraigo familiar. Sino, debería solicitar el arraigo social.
Para cualquier otra duda estamos a su completa disposición 🙂
Buenas. Quiero reagrupar a mi madre es mayor de 65 años. Yo tengo nacionalidad y trabajo desde hace un año en la misma empresa pero con contratos de forma temporal. Osea me hacen contratos semanales. Esto no me serviría?
Hola Jorsy,
Con contratos semanales lo más probable es que denieguen tu solicitud.
Hola me gustaría traer a mi esposo ,pero mi residencia es de larga duración régimen comunitario no sé si tengo que cambiar de targeta ,tenemos 1 hijo que acaba de nacer y trabajo
Hola,
Para poderle contestar necesitaríamos saber si la tarjeta como familiar de ciudadano de la UE la tiene por haber estado casada antes o por algún otro familiar.
Si estoy en proceso de asilo puedo traer a mi hijo de 11 años que esta en el Salvador?
Hola Silvia,
Para poder reagrupar debes tener un permiso de residencia; es decir, haber renovado una vez una tarjeta de residencia inicial.
Buenas, tengo todo los requisitos, pero nunca he hecho la declaración de la renta.
En este caso que otro documento puedo mostrar?
Hola Noemi,
¿Puedes demostrar el 150% del IPREM?
Hola mi esposo ya cumplió el año de residente y me quiere reagrupar, yo tengo dos niñas que no son de el me puede reagrupar primero a mi y luego a ellas??
Si ya tiene la residencia renovada o en trámite para renovar, puede iniciar los trámites para reagruparlas a las tres.
Hola tengo nacionalidad española y quiero reagrupar a mis hermanos que tengo que haser y cuáles son los requisitos. gracias
Hola Joselyn,
Encontrarás todos los requisitos y procedimiento legal en este mismo artículo. Para cualquier otra duda estamos a tu disposición en [email protected]
¡Un saludo!
Hola tengo una tarjeta de residencia de larga duración y quiero reagrupar mi marido. Tengo todos los papeles pero tengo duda con el seguro médico. Qué seguro tengo que contratar o le cubre la seguridad social?gracias
Su marido debería tener seguro médico privado en España para demostrar que tiene asistencia sanitaria. El seguro debe ser sin copagos y sin carencias.
Soy español y voy a casarme con una mujer cubana. Que necesito para traerla, tanto a ella cómo ha su hija.
Hola Pasual,
En este artículo encontrarás los documentos y requisitos. Básicamente, certificado de matrimonio, y certificado de nacimiento de su hija. Para cualquier otra duda estamos a tu disposición vía mail 🙂
Hola buenas tardes , cuentan con oficinas en Madrid?
Muchas gracias
Hola Erika,
No, pero atendemos a gran parte de nuestros clientes online (via Skype o cualquier otro método) sin ningún tipo de problema, gestionando todo el proceso a distancia.
¡Un saludo!
Hola soy cubana.ciudadana española vivo en España hace tres años.puedo traer a mi hija de 19 años y a su esposo por reunificacion familiar. Que debo hacer en este caso.
Hol Marlene,
A su esposo no. A tu hija, siempre y cuando dependa económicamente de ti y esté estudiando (no puede trabajar), si.
E iniciado el trámite de renovar mi tarjeta de recidencia cuenta ajena es necesario tener físicamente la segunda tarjeta o con resguardo ya se puede iniciar el proceso de reagrupación familiar
Hola Rodolfo,
Necesitas la tarjeta.
Si el hijo tiene exactamente 21 años cumplidos, se tiene que demostrar dependencia económica o no. Gracias.
Hola Violeta,
En todos los casos de reagrupación familiar se tiene que demostrar dependencia económica. Si el familiar no depende, entonces no se puede reagrupar.
HolA. Tengo nacionalidad española quiero regruperar ha mi madre. Ella está viviendo con migo 3 meses. Como hago. No tiene visado. Está caducada
Hola Marina,
Lo primero es que ella vuelva a su país de origen para iniciar el trámite. Siempre y cuando tenga más de 65 años y dependa económicamente de ti, podréis realizar el proceso legal. Mándanos un mail a [email protected] si quieres que lo gestionemos por vosotras.
¡Un saludo!
Hola una vez que mi marido me reagrupe en Barcelona y obtenga mi TIE Podré trabajar?
Sí. Con la autorización de residencia por reagrupación familiar usted tiene permiso de trabajo.
En el caso hipotético que yo como español, y mi esposa con, también, nacionalidad española desde hace 15 años, ¿Podemos solicitar reagrupación familiar de una sobrina que ya se encuentra en España y que tiene 26 años pero depende económicamente de nosotros?
Es posible reagruparla siempre y cuando podáis demostrar que depende tanto económicamente como materialmente de vosotros. También sería posible si ella tuviera algún tipo de problema de salud grave y por ese motivo debéis estar a su cargo. Normalmente, para poder solicitar la residencia de la familia extensa bajo estas condiciones, se pide que el ciudadano de fuera de la UE no esté residiendo en España, por lo que deberíamos analizar el caso con mayor detenimiento para ver si finalmente sería posible solicitar la tarjeta para vuestra sobrina con éxito.
hola , soy argelino ,llevo 11 años en España , vivo en Madrid , tengo una tarjeta de residencia de 5 años casado con un hijo , trabajo por 1100 euros y mi mujer trabaja también , quiero reagrupar a mi madre que va a cumplir 65 años en septiembre , quiero saber cual son los documentos necesarios en este caso concreto por favor
Hola Mohamed,
Los documentos y requisitos que deberás cumplir:
-Tu madre deberá empezar a vivir con vosotros
-Deberéis demostrar que estáis a su cargo desde un punto de vista económico (esto se demuestra por ejemplo con transferencia económicas al país de origen donde ella reside ahora)
-Tu deberás tener trabajo bajo un contrato legal
-Tu madre deberá presentar pasaporte y copia del mismo
-Además, será necesario algún seguro de salud de caracter internacional (no hace falta un seguro privado en España)
Buenas tardes tengo una duda tengo aqui en España viviendo conmigo a mi hijo de 22años esta estudiando higiene bucodental en un centro privado ahora tiene que hacer las prácticas y no puede porque no tiene los papeles yo tengo recién renovado de larga duración puedo Reagrupar soy de Paraguay
Hola Nancy,
No sería posible, pues la edad máxima del hijo/hija al que puedes reagrupar es de 21 años, por lo que debería buscar una vía distinta para conseguir los papeles. Para cualquier otra duda estamos a tu disposición en [email protected]
Hola soy dominicano mi esposa me a solicitado por reagrupacion familiar y a sido aceptada ahora quiero saber los pasos a seguir para concretar mis papeles
Hola José,
Mándanos un mail a [email protected] y el abogado especializado en reagrupaciones familiares se encargará de indicarte los pasos concretos que debes seguir según tu caso.
¡Un saludo!
Hola Quería saber si el consulado de España tiene derecho a dar cita para el visado para dentro de un año cuando tengo la resolución favorable de reagrupacion familiar para mi marido y su hijo. Me han dado 2 meses para hacer el nie en España pero en el consulado de España en Dakar me da cita para presentar los papeles en marzo del 2020. Estamos hablando de que tienen 3 meses para contestar y que pasara más de un año hasta que quizás aprueben el visado. No puedo creerlo!!!! Y que teniendo todo mi expediente me pidan todo de nuevo….. Y después preguntan por qué la gente viene de vacaciones y se queda o en patera….. Por que hacer las cosas bien es lograr que pasen 2 años y te atraen todo adrede.
Hola Silvia,
Decirte que no es muy normal que te den cita a un año vista tras la resolución favorable. Aunque cada consulado pueda funcionar de forma diferente, eso no es algo que suela pasar.
Para cualquier otra duda estamos a tu disposición,
¡Un saludo!
Quisiera saber cómo se tiene que hacer para reagrupar a mi esposo que está en Ecuador tengo nacionalidad española he inscrito en el registro civil de aquí el matrimonio me hicieron la entrevista pero a él en Ecuador aún no lo llaman y ya hara 1 año de haber entregado la documentación existe otra vía para que el pueda venir lo antes posible
Hola Steffania,
En ese caso lo mejor será que te pongas en contacto con nuestro equipo y un abogado estudie a fondo el caso para ver de qué forma podemos conseguir la reagrupación, ya que seguramente será necesario algún trámite extra.
Así, esperamos tu mail en [email protected]
¡Un saludo y muchas gracias!
Los hijos de tu cónyuge/pareja de hecho (los hijos putativos)
para los hijos putativos menor de edad que tipo de documentación necesitan?
Gracias
Hola María
Aparte de todos los documentos genéricos que ya hemos mencionado en este artículo, el documento que acredite la relación de parentesco, en este caso registro de la pareja de hecho y certificado de nacimiento de los hijos.
¡Un saludo!
si quiero reagrupar a mi esposa pero ella se encuentra en territorio español en calidad de turista debera regresar a su pais para poder tramitar la reagrupacion familiar?
Hola Alberto, efectivamente, la persona a reagrupar debe iniciar los trámites desde el país de origen. Si necesitáis alguna ayuda para el proceso, estamos a vuestra completa disposición.
Hola, estoy en la misma situación, quisiera reagrupar a mi esposo pero está legalmente en España. Es necesario que mi pareja retorne al país de origen antes de empezar con los trámites? o puede hacerlo cuando ya haya obtenido la resolución favorable para solicitar le visado?
Gracias!.
Hola Cynthia,
En primer lugar, si tu esposo reside de forma lega en España, no sería posible reagruparlo, pues la reagrupación consiste en «legalizar» la situación de un extranjero al fin y al cabo. De todos modos, Es necesario que tu pareja esté en el país de orígen para iniciar los trámites, efectivamente.
Para cualquier otra duda, estamos a tu completa disposición. ¡Un saludo!
Hola kiero traer a mi hijo .esposa y nieto
Hola Gisela,
¡Mándanos un mail a [email protected] y te guiaremos paso a paso!
Buenas tarde yo acabe de llegar a españa.pero yo no ise una autorisacion de salidad de mis hijos.que se tiene que aser por que quiero traerlos paraca.en junio seme vence el vuelo de regreso .
Hola Luis,
Debido a que se trata de un caso muy concreto, porfavor contacta con nosotros en [email protected] detallando tu situación más a fondo para poder ver cómo te podemos ayudar.
¡Muchas gracias!
Hola! Mi esposo es residente con la modalidad de altamente cualificado, nos casamos en España e hicimos el proceso de Reagrupacion Familiar, ya pasaron 45 días y no hemos obtenido respuesta, hay alguna forma de comunicarnos con extranjeria, en la página aparece una modalidad de búsqueda pero al ingresar los datos para verificar como esta el expediente me aparece que no existe tal información, hay alguna otra forma de investigar como va el proceso?
Hola Mary,
¡Si nos mandas un mail a [email protected] lo miraremos por vosotros!
Hola buenas! Soy nacionalidad española y quisiera preguntar si es posible reagrupar con mi pareja (mujer) estable y su hijo de 3 años? Estamos juntas desde 2016 y prometidas, pero en el pais de origen no es legal el matrimonio homosexuales… y solo me permite el trabajo 1 mes de vacaciones cada año para visitarla… como podria acreditar que es mi pareja estable? Seria posible?
Un saludo y muchas gracias!
Hola Patri,
Debido a que en España el matrimonio homosexual es completamente legal, os recomendamos que lo constituyáis en España (ya sea pareja de hecho o matrimonio), para poder después pedir el permiso de residencia de forma fácil.
Con el visado de turista tu pareja puede venir a España, realizáis el trámite y posteriormente pedís la residencia.
Hola tengo dos niños con la nacionalidad española mí marido en Marruecos quiero regroparlo, estoy trabajando con una empresa tengo contacto de un año ganó más de 1000eutos necesito ayuda vuestra
Hola Naima,
¡Por supuesto! Nos pondremos en contacto contigo para ayudaros en cuanto antes.
Un saludo.
Hola buen día.
Mi tío es ciudadano español hace 4 años. Actualmente yo dependo económicamente de el. Cuántos meses como mínimo se exije certificar esa dependencia económica para solicitar la reagrupación familiar o la residencia por mínimo 3 años?
Gracias
Hola Santiago,
Como norma general, toma como punto de referencia un año manteniendo a la persona a regrupar. Pedirán transferencias bancarias, pagos del colegio/universidad, etc. De todos modos, este es un caso sumamente complejo que habitualmente deniega a menos de que se trate de hijo menor de 21 años.
¡Un saludo!
Hola tengo residencia pero mi familia está aquí en España como puedo darles los documentos
Hola Elizabeth,
Ten en cuenta que para reagrupar a tus familiares, éstos deben estar en el país de origen para realizar todos los trámites, por lo que estando en España no podrían realizarlo.
¡Un saludo!
Hola.
Soy colombiana, estoy casada con un español,quiero reagrupar a mi hija de 4 años de edad que vive actualmente en Colombia. Cuáles son los requisitos.
Si usted tiene la tarjeta de familiar de comunitario, ha de tramitar la misma tarjeta para su hija. ¡Un saludo!
Hola, les envie mail y no contestaron. Soy argentina y vivo en Argentina. Mis hijos viven hace 1 año y medio en España y son ciudadanos españoles. Quiero ir a vivir con ellos. Ellos trabajan y alquilan vivienda juntos. Que tramites debemos realizar para que yo pueda obtener ciudadania o residencia? Espero su respuesta, muchas gracias!
Hola Ana,
En el caso de que ellos hayan ya renovado su tarjeta de residencia podrán solicitar el procedimiento de reagrupación familiar para que consigas la residencia en España (no ciudadanía). Podrás encontrar el paso a paso de este proceso en este mismo artículo.
¡Un saludo!
soy cubana de 25 años y estoy casada, mi papa esta en españa y tiene ciudadania, quisiera saber si es posible una reagrupacion familiar pues dependo materialmente y esconomicamente de el
Hola Jenny,
Al tener más de 21 años no sería posible, y la reagrupación para familiares dependientes es un proceso muy compleo que suelen denegar con frecuencia.
QUE PASA SI CUMPLO TODOS LOS REQUISITOS, PERO AHORA MISMO NO ESTOY TRABAJANDO PORQUE ESTOY EMBARAZADA Y QUIERO TRAER A MI ESPOSO.
TENGO LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA
Si tiene nacionalidad española, debe tramitar el procedimiento de familiar de comunitario no la reagrupación familiar. Si no trabaja, debe demostrar que tiene medios económicos suficientes para mantener a su familia.
Hola, quisiera consultar a cerca de los 45 días de espera para la autorización de reagrupación familiar. Que pasa si tengo todos los papeles en orden y cumpliendo los requisitos que me piden, no recibo una respuesta en los 45 días que dice la ley. Se puede hacer algo al respecto, o solo esperar? O, siendo usted abogada, hay alguna manera de que te puedan dar alguna respuesta legal?
Muchas Gracias
La Oficina de Extranjería normalmente responde en el plazo de 45 días. Si no ha recibido respuesta, debería ir a la oficina de extranjería a preguntar.
Al no haberle tramitado el procedimiento, nosotros no podemos consultar por su expediente.
Hola buenas tardes me llamo Mónica y vivimos en España 4 hermanos sólo uno de ellos tiene piso propio y queremos hacer la reagrupación familiar para mi padre la podemos presentar entre todos o sólo mi hermana muchas gracias por responder por cierto tenemos la nacionalidad española
Hola Mónica,
Si tienen nacionalidad española han de tramitar la residencia como ciudadano de la Unión. Su padre ha de tener mínimo 65 años para tramitarlo y demostrar que es dependiente vuestro económicamente. Es necesario que aportéis certificados conforme habéis estado enviando dinero a vuestro padre durante el último año.
No obstante, comentar que este tipo de residencia es un tanto complicada.
Lo ha de solicitar únicamente uno de los hijos.
Hola Carlos! Yo he ingresado mis documentos de reagrupacion familiar el 15/7/19 y todavía no hay nada en la página para consultar como va el expediente. Si tenéis alguna información te agradecería si pudieras compartir conmigo a este correo [email protected] para saber como van los tiempos de expedientes de extrajeria. Muchas gracias!
Hola Yo vivo en españa legalmente trabajando con una nómina de 1400 euros quiero reagrupar a mi mujer y dos hijos de 4 y 2 años se puede con nómina que tengo ? Gracias
¡Hola! Debe demostrar las 6 últimas nóminas, IRPF del último año y contrato de trabajo. El mínimo para 4 personas son 1075,68€.
Esperamos haberle ayudado 🙂
Buenas noches. Como se hace la reagrupación si el familiar se encuentra en España. Yo tengo la residencia pero la solicitud en dado caso la hará mi esposo que es ciudadano a mi madre que tiene 63 años y esta ahora de visita aqui en España. Gracias
Hola Diana,
La solicitud la ha de hacer el ciudadano reagrupante desde España. Una vez le concedan la residencia, el familiar desde el extranjero ha de solicitar el correspondiente visado en el Consulado que le pertoque. Solamente se puede reagrupar a los padres si usted tiene la larga duración.
Hola, próximamente solicitare la modificación de autorización de estancia por estudios a autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena. actualmente vive conmigo mi esposa con una autorización de familiar de estudiante y en este caso tramitare su modificación desde la situación de familiar de estudiante a residencia por reagrupación familiar. Para esta reagrupación necesitare igualmente el informe de adecuación de la vivienda? (ella ya está empadronada en esta vivienda y convivimos ahí desde hace 2 años y medio) habría algún problema en realizar la reagrupación estando ella legalmente en España con el visado que comento o tendría que trasladarse a nuestro país de origen?
Muchas gracias
Hola Eduardo,
Debido a que se trata de una situación muy específica, deberíamos analizarla con detalle con uno de nuestros abogados. Así, agradeceríamos si nos pudiera mandar un mail a [email protected] y pedir una cita con nosotros (la podemos hacer online).
¡Un saludo y muchas gracias!
hola, buenas tardes yo soy de bangladesh hace 15 años que vivo en españa estoy casada quisiera reagrupar a mi esposo de bangladesh tengo un contrato sin fecha fin soy enfermera. es posible tramitar los papeles con ese tipo de contrato, hace 3años que estoy en mismo sitio trabajando. y con el mismo contrato hace que estoy 1 año y 5meses. es posible.???
Hola Rita,
Sí, puede tramitar la residencia para su marido como su familiar. Le pedirán las 6 últimas nóminas, última declaración de la renta y su contrato de trabajo.
¡Mándenos un mail a [email protected] y gestionaremos todo el proceso por usted!
Hola una pregunta, mi prima tiene 32 años y quiere venirse a vivir a España su madre vive aquí hace 20 años por lo cual tiene nacionalidad española cual seria los requisitos para tener papeles gracias
Hola,
Necesitamos saber de dónde es y qué quiere venir a hacer España, pues es información fundamental para poder darle una respuesta exacta. Aunque su madre sea española no puede tramitar ningún permiso vinculado a ella.
¡Un saludo!
Hola, soy español, mi padre viene a España el 10 de noviembre, se va quedar , quiero hacer la reagrupación familiar, por reagrupación de familiar de la comunidad europea, el tiene 67 años , yo tengo mi contrato laboral, gano 1700 euros promedio . Que requisitos además del seguro de salud , libro de familia , partida de nacimiento española mia donde aparece el como mi padre, empadronarlo en mi piso, su pasaporte … que mas necesitare aparte de pagar la tasa , la cita y el impreso etc , que mas necesitare
Hola Edgar,
Ha de tramitar la residencia como familiar de ciudadano de la UE.
No obstante, comentarle que es muy complicado que le aprueben la residencia a su padre´. Pues le van a pedir que demuestre que es dependiente suyo (si tiene alguna enfermedad, transferencias bancarias que le haya enviado durante los últimos meses etc). Por lo que sería ideal buscar otra vía alternativa.
¡Mándenos un mail a [email protected] y uno de nuestros abogados le guiará paso a paso!
Actualmente estoy en proceso de reagrupacion familiar, esperando por la cita de extranjeria en Madrid.
Mi esposo es canadiense y yo soy residente en españa, me gustaria saber si durante el tramite de reagrupacion familiar el puede venir a visitarme teniendo en cuenta que los canadienses no requieren de visado para entrar como turista. Esto supondria un motivo de denegacion de la reagrupacion ya que durante el proceso el reagrupado se encuentra en España?
Por otra parte, me gustaria saber cuánto se esta demorando el proceso? La pagina del ministerio dice 45 dias pero he visto en los comentarios de vuestro video de youTube que se demora 3 meses.
Por favor, podrían ayudarme?
Hola Yahel,
Él puede venir como turista a España aunque esté esperando la cita en extranjería, siempre y cuando no supere los 90 días como turista. No obstante, deberá volver a Canadá para recoger el visado cuando le aprueben la residencia.
¡Un saludo!
Hola. Por favor me podria informar como puedo traer a mi suegra que tiene una invalidez mas de 65% pero tiene 63 años. Por favor si me pueden guiar. Gracias
Hola Turan,
Solamente se puede reagrupar de hijos a padres. Es bastante complicado intentar traer a su suegra si además tiene 63 años.
No obstante, pueden intentar conseguir informes médicos de su país que expliquen el tipo de invalidez que tiene y aportar certificados bancarios para demostrar que depende economicamente de ustedes.
¡Un saludo!
Hola
Yo he presentado la reagrupación familiar para mi marido el día 20/05/2019 y hasta el día de hoy no tengo respuesta …y cuando voy a preguntar me dicen tienes que esperar
Puede consultar el estado del expediente en la web de extranjería, en el apartados «mis expedientes».
Hola mi esposo está en cuba ; pero yo tengo residencia de larga duración y ahora estoy sin trabajo por encontrarme enferma hace tres años..?que puedo hacer para que él venga y será quien se busque un trabajo para ayudarme en mi situación económica
Hola Esther,
La reagrupación familiar sería efectiva si él dependiera económicamente de ti, no al revés. Es por ello que este proceso no será válido en este caso.
Hola soy cubano y tengo residencia de larga duración en España, tengo una duda me gustaría saber si puedo reagrupar a mis padres q tienen 54 años un saludo gracias
Hola Deiver,
No, para reagrupar han de tener mínimo 65 años.
¡Un saludo!
Hola soy Peruana y tengo la residencia como familiar comunitario español de 5 años de residencia en España por ser pareja de hecho registrada ya llego mas de un año quisiera saber como traer a mi hijo menor a españa o si mi pareja lo puede hacer y como.
Hola Carla,
Sí, es posible, Básicamente el proceso es exactamente el mismo que el descrito en este artículo, pero deberéis aportar su certificado de nacimiento. Si quieres que os ayudemos y lo gestionemos por vosotros, no dudes en contactarnos en [email protected]
¡Un saludo! 🙂
Hola, yo soy argentina con tarjeta de residencia permanente, y mi pareja de hecho tiene nacionalidad italiana pero ambos vivimos hace 10 años en españa, yo no llego a los 1000 euros del requisito, podría mi pareja hacer la reagrupación él para traer a mi madre? gracias.
¡Hola Natalia!
No, la reagrupación la ha de hacer usted para su madre. No se puede reagrupar a los suegros.
Hola tengo visa de trabajo de cuenta ajena (desde Octubre del año pasado) y esta será inciciado su renovación ahora en Septiembre. Como en este primer año no podia aplicar el visado para mis hijos (menores de 18 )e esposa, ellos vinieron através de mi esposa con visa de estudiante. La pregunta es, despues de estar con la renovación de mi visa, puedo solicitar el reagrupamiento familiar estando ellos aqui en España?
Hola Giovanni,
Sí, pueden tramitarlo estando aquí cuando modifiquen su tarjeta.
¡Un saludo!
Buenos dias una pregunta somos pareja de hecho y mi esposo tiene la tarjeta de residente de larga duracion queria saber si yo X medio de el puedo solicitar mis papeles gracias
Hola Alejandra,
Sí, es posible realizar la reagrupación familiar como pareja de hecho.
Hola, tengo NIE con residencia y permiso de trabajo desde hace 2 años, en 1 año renuevo para obtener el NIE de 5 años «permanente», tengo trabajo estable indefinido desde que obtuve los papeles (los obtuve por contrato de trabajo por cuenta ajena) me gustaría saber si es posible hacerle reagrupación familiar a mi madre (que ya vive aquí en España pero que no ha podido obtener papeles) y si tendría que volver al país de origen mientras se hace el tramite o se podría quedar aquí
Hola Dani,
Para poder reagrupar a tu madre deberás esperar a tener la tarjeta de larga duración (la de los 5 años). Una vez la tengas, y siempre y cuando tu madre tenga más de 65 años y puedas demostrar que depende económicamente de ti, será posible iniciar el trámite.
Buenas tardes, yo tengo la nacionalidad española desde el 2010; pero ahora vivo en Franciadesde 2017. Podría traer a mi hermano igualmente?
Se puede hacer si yo vivo en Francia y tengo la casa, el trabajo por cuenta propia? Tengo empresa de construcción. Con el contrato de trabajo que le puedo hacer funcionaría? Somos de origen argentino.
Desde y’a muchas gracias.
Unsaldo
Primero de todo, para traer a cualquier familiar a España usted debe ser residente en España, no en otro país. Si actualmente reside en Francia, debería hacer el procedimiento allí.
Además, en España (aunque posible) es muy complicado poder traer a los hermanos.
Buenos días, necesito saber si mi papá que es Ciudadano español y residente puede hacer la reunificación familiar para mi, mi esposo y mi niña, de ser posible cuales serían los pasos, saludos
Hola Diana,
Mándanos un mail a [email protected] para que te demos un listado detallado con todos los pasos.
¡Muchas gracias!
Buenos dias mi consulta es .tengo la patria potestad de un hermano q tiene ahora 29 años ,vive en ecuador soltero yo tengo nacionalidad española . Existe alguna manera de traerlo a españa para vivir aqui.
Jorge,
Debido a que la reagrupación por familia extensa es muy compleja, deberíamos mirarlo al detalle para poderte dar una respuesta. ¿puedes mandarnos un mail con más detalles para ver si sería posible?
Muchas gracias y un saludo.
Si la persona a la que quiero traer a España se encuentra ahora mismo en territorio español de forma legal, hay alguna manera de realizar los trámites directamente aquí en España, sin ir al consulado?
Hola María,
A menos que seas ciudadana de la Unión Europea… no. El reagrupado debe estar en país de origen.
HOLA,aunque no están mencionados quiero saber si puedo hacer una reagrupación familiar comunitaria a un sobrino, muchas gracias.
Hola Mileidy,
Sí, por familia extensa. Pero es importante que tengas nacionalidad española o seas ciudadana de la UE para ello.
Hola, buenas noches
Me gustaría saber la edad del cónyuge permitida para reagrupar familiar.
Y en caso de tener nacionalidad que tramites hay que seguir, y que edad esta permitida para reagrupar el cónyuge.
Un saludo gracias
Hola Mohamed,
No hay edad máxima, y en cuanto a la mínima, 18 años.
Buenas tardes:
Disculpe una pregunta, saben cuánto están tardando las reagrupaciones familiares, esque mi esposo metió todos los papeles el 06/06/2019 y hasta la fecha no hay ningun resultado, mas que sigue en trámite..
Gracias
Hola Verónica,
Debido a una demora importante, es normal que aún no tengáis respuesta. No obstante, si queréis que revisemos si está todo bien con la solicitud, no dudes en contactarnos en [email protected].
¡Un saludo!
Hola!
Tengo nacionalidad española. Me gustaría traer a mi madre por la situación actual de mi país, pero ella no depende mí. Sin embargo sí que puedo demostrar los medios como para hacerme cargo de ella. Podría ser posible solicitar su residencia?
Muchas gracias de antemano!
Hola Rosa,
Es fundamental demostrar que ella depende de ti, por lo que de modo contrario no sería posible.
¡Un saludo!
Hola , soy residdnte y tengo un trabajo de fijo discontinuo, mi padre de 62 años lleva 3 meses en españa , ¿ como puedo hacer q si estarus sea legal? Y si se puede el aun puede trabajar ? Gracias d antemano
Hola Isabel,
Si tiene menos de 65 años no es posible realizar el trámite.
Hola, te han dado respuesta de la reagrupación, yo la he presentado en el mes de agosto y hasta ahora no me dan respuesta, lo que si me comentaron fue que en agosto no trabajaron por lo tanto ese mes es perdido.
Hola tengo 30 años viviendo en españa y quiero traerme a mi sobrina por reagrupacion familiar. ella ya esta en el pais conmigo y ahora queremos comenzar el tramite. es posible inciar el tramite sin haber realizado ningun tramite previo en venezuela?
Hola Maria,
Ella debe estar en el país de origen para realizar el trámite.
buenas tardes tengo una pregunta mi esposo paso la documentacion requerida para mi reagrupacion el 17 de septiembre 2019 y a un no tiene respuesta e escuchado que la respuesta es en 45 dias y ya casi 3 meses por favpor me puede aclarar esta duda mucha sgracias
Hola Amparo,
Si se trata de la solicitud en la oficina de extranjería en España, tienen un plazo de 3 meses para dar respuesta. Si no la han dado tras ese tiempo, la solicitud ha sido denegada por silencio administrativo.
Hola, se puede reagrupar un hijo menor de edad .
solo se cuenta con un sueldo básico, la consulta es por lo del IPREM.
Hola,
Sí, se puede reagrupar si demuestras que depende económicamente de ti. Para el IPREm deberás demostrar un 150%.
Hola mi nombre es ceidy mi hijo viajaba el 7 de diciembre para este país ( españa ) venía con reagrupación y todo en regla pero no lo dejaron viajar le pedían carta de invitación y luego otra chica miró bien y q todos estaba en regla pero ya no podía viajar se puede viajar solo con reagrupación sin carta de invitación ?
Hola Ceidy,
Eso depende del país de origen. Te dejamos un enlace con más información: https://balcellsgroup.com/es/carta-de-invitacion/
Hola quiero traer ami esposa y dos hijos menores que puedo hacer por favor..ya tengo el segundo NIE..gracias
Para poderles reagrupar deberás haber estado viviendo en España como mínimo un año, y seguir el proceso que se especifica en este artículo. ¡Un saludo!
Buenas tardes,
Soy ciudadano español y mi mujer es extranjera. Mi mujer tiene el visado de reagrupación familiar de 90 días. Si solicito la cita para que le den la tarjeta de residencia y me dan para dentro de 4 meses. Mi pregunta es:¿Mi mujer tendría que abandonar el país?, ya que le habría caducado el visado y estaría de forma ilegal.
Muchas gracias
Ella puede quedarse aquí mientras se tramita su residencia, no ha de abandonar el país.
Hola! Tengo una consulta, yo soy de COSTA Rica vivo en Alemania, tengo residencia por estar casada con un Aleman.
Estaba pensando en algun momento mudarnos a España, yo tengo un hijo de 18 años en Costa Rica, mi pregunta es si yo podria llevarlo a España?
Tengo esa duda, le agradezco de todo corazon su respuesta! Muchas gracias !
Sí, pueden venir los dos como familiares dependientes de su marido.
hola, mi papa es argentino, ciudadano español por residencia, actualmente es jubilado y sigue viviendo en España, yo soy su hijo argentino de 45 años, la pregunta seria, el me puede reagrupar ?, desde ya muchas gracias, saludos
No, solamente se permite a hijos menores de 21 años.
Hola soy dominicana recidente y acabo de tener un hijo en España su papa es dominicano como seria él proceso para reaguparlo y traerlo aquí ?