¿Te gustaría traer a tus familiares a España contigo? Pues gracias a la reagrupación familiar es totalmente posible. En este artículo no solo encontrarás a qué familiares puedes traer exactamente, sino que además analizamos qué requisitos se deben cumplir en cada caso y cómo funciona el proceso legal al detalle.

Así que si te gustaría saber cómo reagrupar a tu pareja, ascendientes, descendientes u otros familiares… ¡sigue leyendo!

 

¿Qué es la Reagrupación Familiar?

 

La reagrupación familiar es el procedimiento legal de inmigración mediante el cuál cualquier ciudadano extranjero que vive en España con su permiso de residencia renovado puede traer a sus familiares al país con él o ella. De esta forma, puede concederles de forma fácil una autorización de residencia y trabajo. Te lo explicamos de forma más sencilla a través de este vídeo:

 

 

Así, la reagrupación familiar es el proceso mediante el cuál un ciudadano no Europeo trae a España a otro ciudadano no Europeo. No obstante, también existe la reagrupación familiar comunitaria. Esta se aplica cuando la persona que reside en el territorio español es nacional de un país de la Unión Europea. Analizaremos este caso más adelante. 

Aunque analizaremos todos y cada uno de los requisitos al detalle en esta guía, hay uno que es de especial importancia. 

Con la primera tarjeta de residencia que obtienes una vez que has aterrizado en España no vas a poder iniciar este procedimiento. Tampoco se puede solicitar la reagrupación familiar con la tarjeta obtenida a través de cualquier proceso de arraigo.

Solo podrás solicitar el visado para tu familia una vez que hayas renovado tu permiso de residencia.

¿Qué significa esto? Básicamente, que este procedimiento se crea únicamente para aquellos ciudadanos que ya han vivido en España durante un año. Aquellos individuos que obtuvieron su permiso de residencia por cuenta ajena o por cuenta propia tras renovación, los cuáles pueden vivir legalmente en España en el que será su segundo año.

 

Nueva Ley para la reagrupación familiar en España

 

En régimen general, este procedimiento está regulado por la Ley 4/2000 de extranjería y por el Decreto Ley 557/2011.

Pero había una nueva ley de reagrupación familiar en España: en el caso de que el reagrupante sea miembro de un país de la UE, el proceso se rige por el real decreto 240/2017.

Lo que establecen estas regulaciones es que puedes traer a tu familia a España bajo un estatus legal, lo que les permitirá vivir y trabajar en el país sin necesidad de solicitar ningún tipo de permiso de residencia adicional.

 

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¿Qué familiares se pueden reagrupar en España?

 

Una vez tenemos claro si estamos en posición de reagrupar o no, el siguiente paso es saber a qué familiares es posible reagrupar

Como extranjero que tiene un permiso de residencia en el país, puedes solicitar el visado de residencia de reagrupación familiar para:

  • Tus padres
  • Tu cónyuge o pareja de hecho
  • Los padres de tu cónyuge/pareja de hecho (tus suegros)
  • Tu hijo o hija siempre y cuando sean menores de 18 años
  • Los hijos de tu cónyuge/pareja de hecho (los hijos putativos)

A continuación veremos de qué forma traer a cada uno de estos familiares a España. Según el miembro de la familia se exigirá unos documentos u otros, por lo que los iremos viendo en cada apartado.

 

Reagrupación familiar de padres

 

Empezamos por el caso más complejo de los tres: traer a tu padre o madre a España

¿Por qué es el más complicado? Porqué nacen una serie de requisitos extra que deberás cumplir: 

  • En primer lugar, para reagrupar a tus padres debes disponer de una tarjeta de larga duración. Esto significa que debes haber estado viviendo en España durante al menos 5 años, en lugar de la regla habitual de reunificación de un año
  • En segundo lugar, es importante que el ascendiente de primer grado tenga más de 65 años. Los ascendientes de primer grado también se aplican a los padres de tu cónyuge (es decir, tus suegros). Solo necesitas validar la relación con tu pareja (por ejemplo, presentar un certificado de matrimonio)
  • En tercer lugar, debes demostrar que te haces cargo del ascendiente y que dependen económicamente de ti. Esto se demuestra mostrando que, durante el último año, les has transferido fondos o que has cubierto sus gastos por al menos el 51% del producto interior bruto per cápita anual de su país de residencia
  • Cuarto, y lo más básico, debes demostrar que son tus padres mediante un certificado de nacimiento

 

 

Cómo traer a mi esposo o esposa 

 

Es totalmente posible (y un poco más sencillo que el caso anterior) reagrupar a tu cónyuge o a tu pareja de hecho.

En el caso de que se trate de tu cónyuge con quien te has casado, deberás presentar un certificado de matrimonio.

Si te has casado más de una vez, debes justificar el matrimonio actual mediante la convivencia conjunta, pensión al cónyuge actual y a los hijos. También debes proporcionar una resolución judicial que explique la situación de tu matrimonio anterior y de los hijos.

En el caso de una pareja de hecho, la unión debe estar registrada en el Registro Civil, y tendrás que presentar el certificado de registro.

Además, deberéis demostrar que no se trata de una unión de conveniencia. Con esta finalidad, debes acreditar, por ejemplo, el empadronamiento conjunto o contrato de alquiler en el que ambos estéis inscritos.

También deberás presentar una declaración jurada de que no convives con otro cónyuge o pareja.

Así, como puedes ver, tanto matrimonio como la unión civil son dos opciones totalmente viables para conseguir la residencia en España. ¿Cuál es mejor? Aquí te dejamos un artículo en el que tratamos las principales diferencias entre ambos tipos de relaciones conyugales.  

 

Cómo reagrupar a hijos

 

Finalmente, el tercer grupo de familiares que puedes reagrupar: tus hijos.

En el caso de niños adoptados, es tan simple como proporcionar pruebas de la adopción.

Lo más importante a tener en cuenta es que el niño no puede tener más de 18 años. El certificado de nacimiento será de nuevo el documento probatorio.

Esto también se aplica a los niños menores de 18 años que estén legalmente representados por ti, siempre que las condiciones no contradigan las del sistema legal español.

Los niños mayores de 18 años que tienen discapacidades y no pueden satisfacer sus propias necesidades pueden ser reunidos si se proporciona la documentación de respaldo.

Si eres madre o padre soltero, deberás demostrar que ejerces la autoridad parental única y que se te ha otorgado la custodia. Si no es así, debes demostrar que el otro progenitor autoriza que su hijo se traslade a España.

 

Reagrupación Familiar en Régimen Comunitario

 

Existe un caso especial que debemos tener en cuenta, en el que la persona que desea traer a su familia a España ya es un ciudadano español o europeo. Es decir, estamos hablando de la reagrupación familiar comunitaria, la cuál tiene ciertas peculiaridades. Aunque comúnmente recibe este nombre, realmente se trata del permiso como familiar de comunitario.

Este proceso no debe confundirse con el proceso de reagrupación familiar. En primer lugar, este requiere que la persona que vive en España tenga nacionalidad española o de la Unión Europea; mientras que la visa de reunificación familiar solo requiere que la persona que vive en España sea residente legal y que haya vivido un año en el país, independientemente de la nacionalidad.

Bajo del Régimen Comunitario, las condiciones y requisitos en referencia a qué familiares podemos traer a España son un poco más laxos. Podrás reagruparles con algunas diferencias que te favorecerán.

En primer lugar, porqué tus familiares conseguirán la tarjeta comunitaria; y no una autorización de residencia y trabajo regular.

Además, si quieres que sean tus hijos o los hijos de tu cónyuge los que se unan a ti, la edad máxima permitida se extiende, en este caso, hasta los 21 años (frente al límite de 18 años que mencionamos en el apartado anterior).

Ahora puedes ya entender completamente la importancia y los beneficios de obtener la nacionalidad española. Pues podrás traer a toda tu familia (hijos hasta 21 años) y a tu familia extensa siempre y cuando puedas mantener a esa persona económicamente.

Si ha vivido en el país durante los años suficientes con tu permiso de residencia, te recomendamos firmemente que solicites la nacionalidad española. ¡El esfuerzo tendrá su recompensa!

 

Requisitos para la reagrupación familiar

 

Veamos ahora cuáles son los principales requisitos para traer a tu familia a España como extranjero

 

Nacionalidad del reagrupante

 

Recalcamos que la reagrupación familiar está diseñada para ciudadanos no Europeos exclusivamente. En caso de ser de un país miembro de la UE o EEA o de Suiza, deberás acogerte al visado como familiar de comunitario. 

 

Periodo mínimo de residencia en España

 

Únicamente podrás iniciar el procedimiento legal cuando hayas vivido de forma legal durante un año en España con tu permiso de residencia, y lo hayas renovado por primera vez. 

Además, debes ser residente en España. No es posible realizar el proceso si resides en cualquier otro país.

 

Medios económicos

 

La parte monetaria es uno de los requisitos más importantes para este procedimiento. En este caso, habrá que demostrar que el reagrupante tiene fondos o medios suficientes para mantener al reagrupado una vez entre a España; y que el reagrupado ni dispone de medios suficientes para vivir sin la ayuda económica del reagrupante.

¿Cómo hacerlo?

En primer lugar veamos que pasa con el reagrupante (extranjero en España). Debemos asegurarnos de que los medios que acreditamos ante la Oficina de Extranjería sean estables a lo largo del tiempo. Esto es, debemos demostrar que tendremos esta fuente de ingresos, al menos, durante el año siguiente (completo) al proceso de solicitud. Así, deberás aportar:

  • Si tienes un permiso de trabajo porcuenta ajena, deberás presentar el contrato más las seis últimas nóminas. La última declaración de la renta también será necesaria
  • Si trabajas por cuenta propia, se requiere la declaración del impuesto de sociedades
  • Demostrar la posesión de un 150% del IPREM para el primer familiar. En el caso de reagrupar a más de uno, deberás añadir un 50% a dicha cantidad por familiar extra
  • El informe de vida laboral, que lo concede la Seguridad Social
  • La última declaración de la renta (IRPF)

Advertencia. Si tu contrato de trabajo caducará en un mes, no  intentes solicitar la reunificación familiar. ¿Por qué? Porqué, como hemos indicado, es necesario acreditar estabilidad. Así, tu contrato de trabajo debe durar, como mínimo, un año más (preferiblemente si es de carácter indefinido).

Así, para demostrar que el reagrupado depende económicamente del reagrupante: 

  • Se deben aportar cuentas bancarias en las que claramente se vean ingresos mensuales por parte del reagrupado hacia el reagrupado, conforme se encarga de su manutención y gastos diarios
  • Enseñar como el extranjero en España le paga cualquier tipo de gasto. Por ejemplo, si queremos reagrupar a un hijo, demostrar como el padre (el que le reagrupará), le paga la universidad o escuela

El miembro de la familia que se une al reagrupante en España puede utilizar las prestaciones sociales, como la seguridad social, para acreditar los medios mínimos que debe poseer para su mantenimiento.

 

Circunstancias especiales relacionadas con los medios económicos

 

Existen dos situaciones en la que es posible evitar el requisito de los medios económicos.

Hablamos de los casos en los que la la reagrupación involucra a menores y no se alcanza la cantidad requerida para los medios económicos.

En estos casos, el requisito puede reducirse de la siguiente manera:

  • En el caso de la reunificación de menores y si la cantidad requerida no se cumple, el residente español puede demostrar una fuente de ingresos estable igual o mayor al Salario Mínimo Interprofesional
  • Si este Salario Mínimo Interprofesional no se cumple, se requerirá el 110% del monto de ingresos garantizados del Ingreso Mínimo Vital anualmente para el menor reunido. Luego, por cada menor adicional, se requerirá un 10% adicional

 

Vivienda adecuada

 

Otro requisito que la oficina de extranjería analizará será la vivienda en la que el reagrupado empezará a vivir. En ese sentido, deberemos demostrar que dicha vivienda reúne las condiciones suficientes para que ambos miembros (y demás personas que habiten en esa casa) vivan de forma digna y con unos mínimos garantizados. 

¿Cómo lo puedes demostrar? Tendrás que pedir un informe de vivienda adecuada al ayuntamiento de la ciudad o pueblo en el que vives. 

Entre otras cosas, dicho informe tiene en cuenta lo grande que es la casa, cuánta gente vive en ella, el estado de la misma, cuántas habitaciones tiene, etc.

También deberás proporcionar un contrato de alquiler o propiedad para esta vivienda.

 

Demostrar el vínculo de parentesco

 

Como es lógico, otro de los requisitos es demostrar que el familiar que traemos a España es realmente familiar nuestro. Hemos ido viendo ya cuáles son dichos documentos específicos según el familiar. Pero para resumir, los dos documentos más habituales son el certificado de nacimiento (para traer a hijos y padres); y el certificado de matrimonio (para cónyuge).

 

Seguro médico privado

 

En los casos en los que no trabajas, se requiere seguro médico privado con cobertura total en el territorio español, sin carencias ni copagos, para el reagrupado

Si trabajas, no haría falta. Pues ya dispone de Seguridad Social, incluyendo a marido/mujer o hijos. 

 

Otros requisitos

 

Finalmente, existen otros requisitos generales (y presentes en cualquier otro procedimiento de extranjería) de obligado cumplimiento:

  • No disponer de antecedentes penales durante los últimos 5 años
  • No te puedes encontrar en situación irregular en el territorio español
  • La persona a reagrupar debe encontrarse en el país de origen en el momento de iniciar el trámite

 

¿Cuál es la documentación necesaria que deberé aportar para conseguir esta residencia?

 

Al igual que con cualquier otro permiso de residencia, proporcionar la documentación correcta será crucial para una solicitud exitosa. Si deseas traer a un familiar a España a través del proceso de reunificación familiar, deberás aportar los documentos que vemos a continuación

Para hacerte las cosas más sencillas, los hemos dividido en las tres fases del proceso. En el momento en el que el extranjero en España inicia el trámite en la oficina de extranjería, deberá aportar:

  • Copia del pasaporte
  • Copia del permiso de residencia
  • Fotocopia del pasaporte del familiar que deseas traer a España
  • Documento que acredite el vínculo de parentesco
  • Información de vivienda adecuada
  • Documentación acreditativa de los recursos económicos suficientes
  • Seguro de salud privado
  • Modelo EX-02 rellenado
  • Tasa pagada (Modelo 790)

Debes tener en cuenta que no necesitas certificar legalmente ninguno de los documentos en España. La certificación legal de los documentos debe ser realizada únicamente por el miembro de la familia que será reagrupado en su país de origen.

En cuanto a la solicitud el visado en el consulado español en el país de origen, el reagrupado deberá aportar:

  • El formulario de solicitud de visa nacional
  • Pasaporte
  • Antecedentes penales, debidamente legalizados o apostillados
  • Certificado médico que demuestre que no padece ninguna enfermedad grave reconocida en el reglamento y que imposibilitaría la entrada
  • Documentación que acredite los vínculos familiares con el reagrupante

Una vez el extranjero entra a España con su visado, para obtener la TIE o tarjeta de residencia , el solicitante debe llevar consigo:

  • Fotos de carné (en color)
  • Documento que acredite que se ha pagado la tarifa correspondiente para el trámite
  • Modelo EX-17 rellenado

 

Proceso legal paso a paso

 

Revisemos ahora el proceso legal, paso a paso, que tanto tu (reagrupante) como el miembro de la familia que se unirán a ti (reagrupado) deberéis seguir. 

Pero antes respondemos a una de las dudas más frecuentes.

 

¿Qué tiempo tarda la reagrupación familiar?

 

Tal y como veremos detallado a continuación, el proceso de reagrupación familiar, de principio a fin, tarda entorno a los 4-5 meses. No obstante, el periodo exacto dependerá de lo mucho que tardemos en preparar y reunir toda la documentación; y de cuánto tardemos en conseguir cita con extranjería. 

 

Solicitando el informe de vivienda adecuada

 

El residente español primero debe dirigirse al ayuntamiento de la ciudad donde vive, algo que se hace después de reservar una cita.

En ese día, solicitará la visita de un trabajador público para que el ayuntamiento pueda evaluar si la vivienda cumple con las condiciones mínimas para que vivan juntos.

Después del día de la visita, el ayuntamiento emitirá un certificado, llamado «informe de vivienda adecuada», confirmando esas condiciones adecuadas.

Este documento es esencial para el siguiente paso.

 

El residente en España inicia el trámite en la Oficina de Extranjería

 

Tú, como la persona que ya tiene el permiso de residencia y trabajo en España debe ser quien inicie el procedimiento. Iniciarás el proceso de solicitud con la Oficina de Extranjería local, o en línea a través de la Plataforma Mercurio si tienes un certificado digital.

¿De qué manera? Deberás presentar toda la documentación que hemos visto anteriormente. Pero recuerda, en este paso inicial, no es necesario certificar legalmente estos documentos. Con una copia de los originales bastará.

No obstante, ten en cuenta que debes pagar la tasa de administración mencionada previamente antes de presentar los documentos.

En un plazo de 45 días a partir de la entrega de la documentación recibirás una respuesta. Si ese no es el caso, y no se recibe respuesta durante ese período de tiempo, el procedimiento se considerará como denegado (debido al silencio administrativo).

Si, por contra, la respuesta a la solicitud es positiva (de eso es de lo que nos encargaremos en Balcells Group), la persona que traemos a España (cónyuge, hijos, padres) van a disponer de 2 meses para solicitar su visado.

 

El extranjero en el país de origen solicita su visado en el consulado español

 

¿Dónde solicita el visado? En el consulado español situado en su país de origen. Aquí es donde todos los documentos sí deben estar legalmente certificados. 

Deberemos incluir el informe favorable con respuesta positiva que el extranjero en España recibió en extranjería. 

El consulado enviará una respuesta en un plazo de 2 meses. Una vez que se recibe la respuesta, el solicitante tiene dos meses para obtener la visa. En el caso de ser menor de 18 años, será un representante legal el encargado de dicha recogida.

 

Consecución de la TIE o tarjeta de residencia

 

Después, con el visado recogido, el familiar que empezará a vivir en España (reagrupado) tendrá 3 meses para viajar al territorio español. Una vez que aterrice, él o ella tiene únicamente un mes para solicitar el TIE (en la Oficina de Policía).

Este es un paso muy sencillo en el que se debe presentar un formulario de solicitud, junto con el pago de la tarifa correspondiente. La policía tomará las huellas del extranjero y, después de aproximadamente 30 días, la tarjeta de residencia estará lista para recoger.

 

¿Cuánto tiempo tarda la reagrupación familiar?

 

El proceso para finalmente obtener la visa de reagrupación familiar es bastante largo y puede extenderse durante varios meses. Para darte una visión general, puede durar entre 4 y 12 meses. Si desglosamos el proceso en pasos:

  • Obtener el informe de vivienda adecuada lleva de 3 a 4 meses (aunque a veces puede ser un poco más rápido)
  • Una vez que el residente español presenta la solicitud, pasarán alrededor de 3 meses hasta obtener una respuesta positiva
  • Con la resolución en mano, el familiar que viene a España reservará una cita en el Consulado y, después de 1 mes (aunque generalmente tiende a ser menos tiempo), obtendrá la visa para viajar a España
  • Una vez en España, el proceso para registrar las huellas dactilares y obtener la tarjeta de residencia física puede extenderse hasta 1 mes adicional

Entonces, como puedes ver, estamos frente a un proceso largo, que podría acelerarse dependiendo de la situación de cada institución local.

 

Cómo renovar este visado

 

La autorización de residencia y trabajo que conseguiremos bajo este proceso nos permitirá vivir durante un año en España. Pero, si al terminar éste queremos seguir en el país, deberemos renovar el permiso de residencia (no el visado)

La renovación se realiza en la oficina de extranjería que corresponda según la región en la que vivas (dentro de España). Y se hace durante los 60 días antes de la caducidad de la tarjeta y los 90 días después de su expiración. Por lo que debes tener esas fechas muy presentes. 

¿Bajo qué requisitos? Básicamente debemos demostrar que todos los requisitos que se pedían para la solicitud inicial todavía se mantienen

Tras pedir cita con extranjería y presentar la documentación para la renovación, tendrán 3 meses para emitir una respuesta. En el caso de no recibir ninguna pasado ese plazo, la solicitud se entenderá aprobada por silencio administrativo positivo. 

 

Abogados reagrupación familiar para extranjeros

 

Traer a tus familiares a España es realmente simple. Pues ahora ya conoces los requisitos que deberás cumplir y bajo que condiciones puedes traer a tus padres, hijos u otros familiares.

Sin embargo, el proceso legal puede ser un poco complejo, especialmente en lo que hace referencia a todos los documentos que deberás completar. Es por eso queremos ayudarte. Nuestro equipo de abogados de extranjería ha ayudado a más de 1000 clientes en todo el mundo a iniciar su nueva vida en España. Y nos gustaría ser los encargados de facilitar este proceso a tu familia.

Por lo tanto, si está dispuesto a solicitar la reagrupación familiar y traer a tus familiares a España, deja que seamos tus abogados de inmigración de confianza. Gestionaremos todo el procedimiento legal por ti, paso a paso, para que no tengas que preocuparte por nada. ¡Te ahorraremos tiempo y dinero!

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